2. LAS POLITICAS PRESUPUESTARIAS PARA 2006

2.1. POLITICA Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Con relación a la política tributaria, el Gobierno Nacional seguirá desarrollando su proyecto destinado a: i) eliminar gradualmente alteraciones en el sistema económico generadas por la aplicación de algunos tributos, ii) tender a la transparencia y simplificación del sistema tributario en la medida que la complejidad de las normas de cada tributo así lo permita, iii) mejorar la equidad distributiva del sistema tributario, iv) generar nuevos recursos de carácter genuino para financiar el gasto público.

 

La simplificación del sistema constituye un objetivo permanente, dado su impacto favorable tanto sobre los administrados como sobre la Administración Tributaria. Esta simplificación se refiere no sólo a la incorporación de mecanismos más sencillos de tributación, sino también a la clarificación de la legislación vigente a fin de reducir los riesgos de diversas y divergentes interpretaciones entre los agentes involucrados en la relación fisco-contribuyente.

 

La vigencia del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuenta Corriente Bancaria ha sido prorrogada, por lo que el gravamen seguirá rigiendo durante 2006. El carácter sencillo y simplificado de su aplicación y la importancia de su significación presupuestaria no obstan para la consideración de los efectos que genera este impuesto en los distintos sectores de la economía; por ello, se continuará analizando su incidencia sobre distintas operatorias a fin de evitar impactos no deseados en actividades prioritarias para el Gobierno.

 

En materia de Recursos de la Seguridad Social, durante 2006 se eliminará plenamente el tope a las remuneraciones sujetas a contribuciones a cargo del empleador (a partir de octubre del corriente año finaliza el tratamiento diferencial), mientras que no se prevén en el corto plazo modificaciones de los actuales niveles de retención sobre las remuneraciones en lo que respecta a los aportes personales a las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.

 

Por otra parte, continuará el análisis integral de los actuales Derechos de Exportación y su impacto sobre la tasa de cambio y los precios internos; sólo a partir de tal análisis podrá evaluarse una eventual corrección de los mismos.

 

En cuanto al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, el mismo se encuentra en permanente revisión. El ejercicio 2006 será el octavo año de su vigencia, y ha perdido significatividad en el último período a partir de su absorción por las ganancias derivadas del importante incremento en la actividad económica. Adicionalmente, su aplicación marginal a los sectores capital-intensivos también se encuentra esmerilada, en especial en el rubro inmuebles, ya que las valuaciones fiscales no han seguido la evolución de los precios internos.

 

Durante 2006 se prevé el pleno funcionamiento de los regímenes de promoción de inversiones en bienes de capital y obras de infraestructura a través de beneficios impositivos, tales como la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada del crédito fiscal que conformen saldos a favor en el Impuesto al Valor Agregado. Al mismo tiempo, está en preparación la implementación del Régimen de Promoción para la Industria del Software, aprobado por el Congreso de la Nación en 2004.

 

En cuanto al Impuesto al Valor Agregado, el Poder Ejecutivo ha elevado un proyecto de ley que contempla la reducción de la alícuota al 10,5% para la venta de fertilizantes, previéndose una traslación de la misma magnitud a los precios para beneficio directo del sector agropecuario.

 

Con el fin de transparentar y ordenar el Sistema Nacional de Promoción No Industrial, el Ministerio de Economía y Producción ha impulsado el dictado de un decreto de necesidad y urgencia que permite que todos aquellos proyectos que promueven actividades agropecuarias y/o turísticas en el marco de la Ley 22.021 y sus modificatorias puedan continuar usufructuando los beneficios promocionales de diferimientos impositivos y exención de Impuesto a las Ganancias, aún cuando los mismos sean el resultado de reasignaciones y/o reformulaciones realizadas por las Autoridades de Aplicación Provincial.

 

Entre los proyectos de promoción económica, muestra un importante grado de avance el tratamiento tributario diferencial de proyectos orientados al desarrollo y la producción de biotecnología, así como a la investigación, desarrollo y generación de combustibles y derivados oleoquímicos.

 

Por otra parte, está recibiendo tratamiento legislativo un proyecto que ratifica la gravabilidad de las remuneraciones de los jueces y miembros de los Organismos de Fiscalización.

 

Estos son los lineamientos generales a tener en cuenta para una futura reforma tributaria, como así también para la puesta en marcha de medidas que se orienten en ese sentido. Paralelamente, y hasta tanto quede definida una estructura tributaria estable y duradera, se ha decidido privilegiar el fortalecimiento de la administración tributaria, cerrando determinadas brechas de evasión y aumentando la responsabilidad de ciertos agentes intervinientes. Por ello, para 2006 se prevé la aplicación del “Plan Antievasión II” formulado por el Poder Ejecutivo, que actualmente se encuentra en etapa de aprobación legislativa.

 

2.2 LA ESTIMACION DE LOS RECURSOS TRIBUTARIOS

La recaudación de impuestos nacionales y de contribuciones de la seguridad social alcanzará en el año 2006 los 133.148,2 millones de pesos, por lo que será 11,8% superior a la estimada para el año 2005. En términos del PIB llegará a 22,42%, un porcentaje levemente inferior al esperado para el año 2005.

 

 

 

 

 

 

SECTOR PUBLICO NACIONAL

Recaudación Total y Presión Tributaria

En millones de pesos y en % del PIB

 

Concepto

Millones de pesos

En % del PIB

2005

2006

2005

2006

Ganancias

27.178,7

29.751,5

5,17

5,01

Bienes Personales

1.788,3

1.926,8

0,34

0,32

IVA Neto de Reembolsos

34.302,0

38.269,6

6,53

6,44

Impuestos Internos

3.610,7

3.921,2

0,69

0,66

Ganancia Mínima Presunta

1.066,8

1.028,6

0,20

0,17

Derechos de Importación

3.633,7

4.315,8

0,69

0,73

Derechos de Exportación

12.991,7

14.983,5

2,47

2,52

Tasa de Estadística

95,0

112,3

0,02

0,02

Combustibles Naftas

1.711,8

1.748,5

0,33

0,29

Combustibles Otros

1.744,9

1.882,8

0,33

0,32

Combustibles Fondo Vial

1.763,5

1.918,9

0,34

0,32

Radiodifusión

135,5

151,5

0,03

0,03

Monotributo Impositivo

746,2

833,7

0,14

0,14

Energía Eléctrica

239,2

362,5

0,05

0,06

Adicional Cigarrillos

398,7

427,5

0,08

0,07

Créditos y Débitos Bancarios

9.285,5

10.413,8

1,77

1,75

Otros Impuestos

421,1

371,0

0,07

0,08

Subtotal Tributarios

101.113,6

112.419,5

19,25

18,93

 

 

 

 

 

Contribuciones

17.933,4

20.728,7

3,41

3,49

Total

119.047,0

133.148,2

22,66

22,42

 

El crecimiento proyectado en la recaudación nominal se explica, principalmente, por los aumentos proyectados en la actividad económica, el comercio exterior, los precios, el empleo y las remuneraciones. También incidirá en forma positiva la continuidad en la mejora del grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias.

 

Del total de los recursos, $94.949,7 millones corresponderán a la Administración Nacional, monto que será 12,2% superior al que ingresará en el año 2005.

 

Los recursos provenientes del impuesto a las Ganancias llegarán en el año 2006 a los $29.751,5 millones, lo que significará un incremento de 9,5% respecto del año anterior. En términos del PIB la recaudación registrará una leve disminución, pasando de 5,17% a 5,01%. La variación de los ingresos se explica por los crecimientos esperados en la actividad económica, el nivel de precios y las remuneraciones, que se reflejarán en aumentos en los impuestos determinados tanto por las sociedades como por las personas físicas y en mayores ingresos provenientes de las retenciones y percepciones practicadas en este impuesto. En sentido contrario incidirán la postergación de los vencimientos de los anticipos de las sociedades y de las personas físicas y de las retenciones sobre sueldos correspondientes al mes de diciembre de 2004 -que favoreció la recaudación del año 2005- y el mayor impacto negativo que tendrá sobre los ingresos de este gravamen el régimen transitorio para el tratamiento fiscal de las inversiones en bienes de capital nuevos destinados a la actividad industrial y a la ejecución de obras de infraestructura (Ley N° 25.924).

 

La recaudación del impuesto al Valor Agregado, neta de reintegros a las exportaciones, se incrementará 11,6% respecto del año 2005, alcanzando los $38.269,6 millones. En términos del PIB, la recaudación alcanzará el 6,44%. Los aumentos en la actividad económica, las importaciones y los precios son las principales razones de la variación de la recaudación. Por otro lado, en el año 2006 el ya mencionado régimen  transitorio para el tratamiento fiscal de las inversiones en bienes de capital nuevos y el de devolución de saldos técnicos por compras de bienes de capital (Ley N° 25.988) tendrán un mayor efecto negativo en la recaudación de este impuesto.

 

Los recursos originados en los impuestos Internos Coparticipados serán de $3.921,2 millones, aumentando 8,6% con respecto al año 2005. Las variaciones esperadas en las ventas de los productos gravados explican este incremento.

 

Los ingresos por el impuesto a la Ganancia Mínima Presunta disminuirán 3,6%, llegando su recaudación a los $1.028,6 millones. La caída de los recursos se debe, fundamentalmente, al aumento en el cómputo como pago a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Créditos y Débitos en Cuenta Corriente.

 

 

La recaudación del impuesto sobre los Bienes Personales crecerá 7,7%, por lo que alcanzará a $1.926,8. Este aumento se explica por el efecto combinado del incremento de los precios de determinados activos y el mantenimiento del monto exento.

 

Los ingresos estimados por el impuesto sobre la Naftas serán de $1.748,5 millones, lo que significará un alza de 2,1% respecto del año 2005. La recaudación del impuesto sobre el Gas Oil y otros combustibles presentará un incremento de 7,9%. En ambos casos, las variaciones serán consecuencia de los aumentos proyectados en las ventas.

 

Los ingresos provenientes de los impuestos que gravan el comercio exterior -Derechos de Importación y Exportación y Tasa de Estadística- llegarán a $19.411,6 millones, monto que será 16,1% superior al obtenido en el año 2005. Los incrementos estimados en las exportaciones, las importaciones y el tipo de cambio nominal son las principales causas de esta suba.

 

La recaudación del impuesto sobre los Créditos y Débitos alcanzará a $10.413,8 millones, registrando un alza de 12,2% con relación a la del año anterior, que reflejará, básicamente, la variación nominal de la actividad económica.

 

Las Contribuciones a la Seguridad Social llegarán a $20.728,7 millones, por lo que crecerán 15,6%. El aumento de los ingresos por este concepto se explica por los incrementos esperados tanto en los salarios nominales imponibles como en el número de cotizantes efectivos. También incidirá en forma positiva la vigencia plena de la eliminación del límite máximo para el cálculo de las Contribuciones Patronales.

 

2.3 LA ESTIMACION DE LOS GASTOS TRIBUTARIOS

2.3.1 DEFINICIONES UTILIZADAS Y CUESTIONES METODOLOGICAS GENERALES

La estimación de los Gastos Tributarios tiene por objeto primordial aportar una mayor transparencia a la política fiscal. Ello se consigue al realizar una compilación de las políticas públicas que se financian a través del otorgamiento de preferencias de carácter tributario y al estimar los montos que el Estado deja de percibir en concepto de ingresos tributarios con el objeto de financiar dichas políticas, en lugar de hacerlo a través de gastos directos. Aporta, al mismo tiempo, información necesaria para medir el rendimiento potencial del sistema tributario y el desempeño de su administración.

 

Sobre el alcance del concepto de Gasto Tributario es necesario aclarar, ante todo, que la confección de una lista de los mismos no implica efectuar juicios de valor acerca de su justificación y que dicha lista tampoco debe tomarse como una recomendación de medidas de política económica orientadas a aumentar la recaudación tributaria.

 

Se denomina Gasto Tributario al monto de ingresos que el fisco deja de percibir al otorgar un tratamiento impositivo que se aparta del establecido con carácter general en la legislación tributaria, con el objetivo beneficiar a determinadas actividades, zonas o contribuyentes. Los casos más habituales son los de otorgamiento de exenciones, deducciones, alícuotas reducidas, diferimientos, amortizaciones aceleradas, entre otros mecanismos.

 

El método utilizado en esta medición adopta como referencia la estructura de cada impuesto establecida en la respectiva legislación -su objeto, alícuotas, deducciones generales, método de determinación, etc.-, para luego señalar los casos que, estando incluidos en aquélla, son beneficiados por un tratamiento especial. En los párrafos siguientes se mencionan algunas de las características relevantes, a los fines de este estudio, de los principales impuestos.

 

El impuesto a las Ganancias grava, en el caso de las personas físicas, los rendimientos, rentas o enriquecimientos susceptibles de una periodicidad y que impliquen la permanencia de la fuente que los produce. Para las sociedades, en cambio, no se aplican los requisitos de periodicidad y permanencia de la fuente. Los ingresos se consideran netos de los gastos que se efectúen con el objeto de obtenerlos, mantenerlos y conservarlos.

 

Las deducciones más importantes no fueron consideradas Gastos Tributarios ya que tienen carácter general. Es el caso del mínimo no imponible y de las deducciones especiales por trabajo personal, por cargas de familia, por aportes a obras sociales y a sistemas de jubilación obligatorios y de las cuotas de planes de salud.

 

El impuesto al Valor Agregado grava las ventas e importaciones de cosas muebles y las obras, locaciones y prestaciones de servicios. Los servicios que se exceptúan o se excluyen en la enumeración de los servicios alcanzados (art. 3º de la Ley N° 20.631 y sus modificatorias) no fueron tomados como Gastos Tributarios pues no se consideraron parte del objeto del tributo. Se destacan en este punto los seguros de retiro y de vida y los contratos de afiliación a aseguradoras de riesgos del trabajo. En cambio, las exenciones incluidas en el artículo 7º de la citada Ley forman parte, en general, de dichos Gastos.

 

La exención o la imposición a tasa reducida de los bienes y servicios que son utilizados como insumos no son consideradas Gastos Tributarios, pues el sistema de determinación del impuesto provoca que queden gravados en la etapa siguiente, a la tasa que rige en esta última.

 

En los impuestos específicos sobre el consumo se considera dentro del objeto del impuesto exclusivamente a los bienes alcanzados. Por ello, el criterio para definir los gastos tributarios es la diferencia de tratamiento impositivo en bienes o servicios sustitutos. Este es el criterio adoptado con las bebidas analcohólicas (con y sin jugo de frutas) y en los combustibles (naftas, gasoil y gas natural comprimido).

 

Las estimaciones no tienen en cuenta el efecto que sobre la economía de las actividades involucradas y, por ende, sobre su continuidad o nivel futuro, tendría la eliminación o reducción del beneficio tributario. Ello implica que su supresión no necesariamente generará recursos adicionales por el monto de gasto tributario. De todas maneras, se puede suponer que existirá una ganancia fiscal por el uso alternativo gravado de los recursos dedicados a la actividad beneficiada.

 

En muchos de los casos considerados existe una marcada carencia de la información necesaria para efectuar cálculos de aceptable nivel de confiabilidad. A estas falencias informativas habituales se les suman los efectos de la fuerte modificación de los precios relativos que acompañó a la finalización del régimen de convertibilidad monetaria. Este cambio complicó significativamente la elaboración de los cálculos de muchos ítems -que se efectuaban con base en la estructura de precios previa a la devaluación de la moneda - y elevó el margen de error contenido en ellos.

 

En función de las mencionadas limitaciones, las cifras que se presentan deben ser consideradas como estimaciones de aceptable confiabilidad del orden de magnitud de la pérdida de recaudación producida por el otorgamiento de los beneficios tributarios.

 

Se adoptó como criterio general que las estimaciones estuvieran dirigidas a obtener valores de mínimo Gasto Tributario, a los efectos de no sobrestimar las ganancias de recaudación que se obtendrían de la eventual eliminación o reducción del tratamiento especial. Con el mismo objetivo, en el cálculo se tuvo en cuenta la tasa de evasión que se presume existe en cada tributo.

 

En todos los ítems de los cuadros anexos en los que figura la leyenda “sin datos”, se estima que el Gasto Tributario no alcanza montos considerables. Esta leyenda también se utiliza en los casos en que, si bien existe alguna información sobre el ítem, la misma sugiere que el gasto involucrado no es de significación.

 

Los beneficios se exponen según los impuestos cuya recaudación afectan y, dentro de cada uno de ellos, en función de si son establecidos en la ley de cada tributo o si se originan en la legislación de los diversos regímenes de promoción económica.

 

Las estimaciones fueron efectuadas con información proporcionada por los siguientes organismos:

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos; Secretaría de Energía; Secretaría de Finanzas; Secretaría de Hacienda; Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa Secretaría de Minería; Secretaría de Política Económica; Administración Federal de Ingresos Públicos; Instituto Nacional de Estadísticas y Censos y Banco Central de la República Argentina.

 

2.3.2 LOS GASTOS TRIBUTARIOS EN EL AÑO 2006.

El monto de Gastos Tributarios estimado para el año 2006 alcanza a $13.329 millones, que equivale a 2,24 del PIB y al 10,0% de la recaudación de impuestos nacionales proyectada para ese año. De ellos, $8.995 millones corresponden a tratamientos establecidos en las leyes de los respectivos impuestos y $ 4.334 millones a beneficios otorgados en los diversos regímenes de promoción económica.

 

El monto estimado coincide, en porcentaje del PIB, con el calculado para el año 2005. Al igual que en el corriente año se elevará la participación de los Gastos Tributarios originados en los regímenes de promoción, como consecuencia de la creación de los regímenes de inversiones de bienes de capital nuevos y obras de infraestructura (Ley N° 25.924) y de devolución del saldo técnico en el IVA por compras de bienes de capital (Ley N° 25.988).

 

El impuesto al Valor Agregado soportará el 55% de los Gastos Tributarios, con un monto de $ 7.308 millones, equivalentes a 1,23% del PIB y al 18% de la recaudación proyectada para el tributo, antes de la deducción de los reintegros a la exportación. De ese monto, el 65% se origina en las exenciones y alícuotas reducidas establecidas en la ley del tributo y el resto, $ 2.546 millones, es consecuencia de los beneficios otorgados por diversos regímenes de promoción económica.

 

Los Gastos Tributarios que afectan al impuesto a las Ganancias -20% del total- alcanzarán a $ 2.672 millones (0,45% del PIB). Los más importantes beneficios en este tributo corresponden a las exenciones de las entidades sin fines de lucro y el régimen de amortización acelerada establecido por la Ley N° 25.924.

 

En las Contribuciones de la Seguridad Social el Gasto Tributario más importante corresponde a la reducción de las Contribuciones Patronales por zona geográfica, beneficio que al tener la forma de un pago a cuenta en el IVA afecta la recaudación de ese impuesto.

 

En el impuesto sobre los Combustibles estos Gastos se estiman en $ 1.003 millones, originándose, principalmente, en las diferencias entre los impuestos que gravan a las naftas, por un lado, y al gasoil (sólo se considera el consumo de automóviles) y al gas natural comprimido.

 

2.3.3  MODIFICACIONES A LA ESTIMACION DE LOS GASTOS TRIBUTARIOS EN EL PERIODO 2004 - 2006

En la estimación de los Gastos Tributarios 2004-2006 se han introducido una serie de modificaciones con relación a la estimación efectuada para el período 2003-2005, que se incluyó en el mensaje del presupuesto del año 2005. Las modificaciones son las siguientes:

 

-        Se eliminó de la lista de Gastos Tributarios la exención en el impuesto a las Ganancias de los intereses de préstamos otorgados por organismos internacionales. La eliminación de esta exención se justifica por el hecho que la misma no tiene como objetivo la financiación de una política pública determinada -que es el criterio básico que debe cumplir cualquier tratamiento impositivo especial para ser considerado Gasto Tributario- sino que se origina en la imposibilidad de cobrar impuestos a estos organismos establecida en los acuerdos internacionales firmados por el nuestro país.

-        Con el mismo fundamento se eliminó de la lista de Gastos Tributarios la exención en el impuesto a las Ganancias de los ingresos de las instituciones internacionales sin fines de lucro.

-        El criterio establecido en el punto 1 implica también que no son Gastos Tributarios las exenciones tributarias que benefician al Estado, pues sólo tienen por objeto simplificar la administración financiera pública. Por ello se eliminaron los casos que estaban incluidos en el informe anterior.

-        Se unificó la estimación de las exenciones en el impuesto a las Ganancias de las asociaciones civiles, fundaciones, mutuales y cooperativas, que el año anterior se presentaban desagregadas. La razón de esta modificación es que no se dispone de información que permita realizar estimaciones con la desagregación que se utilizaba hasta el año pasado, considerándose por ello más apropiado presentar el gasto tributario de estas exenciones en forma conjunta.

-        Finalmente, las estimaciones de los Gastos Tributarios en el impuesto sobre los Combustibles -originados en la diferente imposición que soporta cada combustible- se adecuaron a la sustitución de los impuestos de suma fija por litro, por una de tributos ad-valorem, que está vigente desde agosto de 2003.

 

2.4. EL FINANCIAMIENTO Y EL SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA

En cuanto a la deuda pública, el objetivo central de la política financiera del Gobierno para el año 2006 es continuar con el restablecimiento del crédito público afectado por la crisis registrada a partir del año 2001.

 

El normal funcionamiento del sistema financiero y del mercado de capitales es una condición necesaria para el crecimiento de la actividad económica. Por otra parte, la normalización del acceso al crédito permitirá atender los vencimientos de la deuda del sector público de los próximos años al tiempo que facilitará al sector privado el acceso a los recursos necesarios para sus actividades productivas.

 

Para el logro de dicho objetivo es fundamental la normalización de los pagos de la deuda. En este sentido, se ha llevado a cabo un proceso de reestructuración de la deuda instrumentada en títulos públicos que ha finalizado en junio de 2005, con un nivel de aceptación de un 76% de los acreedores y con elevados valores en la mayoría de las plazas financieras mundiales.

 

Como resultado del canje se ha logrado reducir el stock de la deuda en U$S 67.305 millones, pasando de U$S 102.566 millones en diciembre de 2004 (stock de deuda elegible e intereses devengados y no pagados a partir del 31 de diciembre de 2001 por U$S 81.836 millones y U$S 20.730 millones, respectivamente) a U$S 35.261 millones, que es el monto total emitido de deuda nueva (valor nominal al 31 de diciembre de 2003). Ésta se ha distribuido en Bonos Par por U$S 15.000 millones, bonos Descuento por U$S 11.932 millones y bonos Cuasi-Par por U$S 8.329 millones.

 

Esta operación permite compatibilizar el costo de los servicios de la deuda con las reales posibilidades de pago, en un contexto de crecimiento económico -algo que se ve reflejado en un ratio de servicios de intereses sobre el PBI de 2% y sobre exportaciones de 9%- al mejorar el perfil de vencimientos y disminuir, consecuentemente, la vulnerabilidad frente a shocks externos. Estas mismas consideraciones han sido resaltadas por las agencias calificadoras de crédito como efectos positivos que el canje ha tenido para la sustentabilidad económica del país.

 

Durante 2005 la principal fuente de financiamiento del Gobierno provino de los recursos del superávit primario. Asimismo, la asistencia financiera del Banco Central dentro de los límites establecidos en su carta orgánica permitió cancelar pagos del servicio de la deuda con los Organismos Internacionales de Crédito. Durante los primeros cinco meses del año los pagos netos a dichas instituciones han alcanzado los U$S 2.754 millones.

 

El programa de emisión de deuda para 2005 fue establecido por la Resolución N° 171 del Ministerio de Economía y Producción y las Resoluciones Conjuntas N° 27 de la Secretaría de FinanzasHacienda y N° 62 de la Secretaría de HaciendaFinanzas, todas ellas de 2005, fijándose montos máximos de emisión de $ 3.000 millones de valor nominal para los Boden 2014 y de U$S 1.000 millones de valor nominal para los Boden 2012. De acuerdo a estos lineamientos, el objetivo del programa es la obtención de fondos para el cumplimiento de los compromisos financieros en un contexto de reducción neta progresiva de la deuda pública.

 

En el marco de estas normas, y a partir de la confianza generada por el éxito de la reestructuración, los inversores han comenzado a demandar nuevamente activos financieros emitidos por el Gobierno Nacional, lo que ha permitido el reinicio de las colocaciones en el mercado de capitales doméstico. Entre los meses de mayo y agosto del corriente año se realizaron licitaciones de Boden 2014 en pesos por $3.000 millones (con un costo financiero que se ubicó entre 6,5% y 5,2% más CER) y Boden 2012 en dólares por U$S792 millones (con tasas entre 7,83% y 7.84%). Adicionalmente, la República de Venezuela suscribió Boden 2012 por un monto de U$S557 millones.En el mes de mayo del corriente año se ha realizado una colocación de $ 1.000 de valor nominal a un costo financiero de 6,51 % más CER.

 

 

 

A partir de las medidas mencionadas anteriormente, la política de financiamiento para el año 2006 estará sustentada en el superávit primario así como en la profundización de las operaciones de crédito en el mercado doméstico iniciadas durante 2005 a los fines de cumplir con los compromisos por vencer dentro del período, fundamentalmente Bodenes, Préstamos Garantizados y la nueva deuda reestructurada. Asimismo, se continuará percibiendo financiamiento del Banco Central.

 

Dentro del Programa Financiero del Sector Público, y siguiendo los lineamientos establecidos en el modelo de sustentabilidad, se incorporaron desembolsos de los Organismos Internacionales de Crédito que permiten financiar parte de los vencimientos con los mismos. Esto refleja la política de las autoridades nacionales de mantener un acuerdo con dichas instituciones que permita continuar con el proceso de desendeudamiento, juntamente con una política económica que fomente el crecimiento con equidad.

 

En lo que respecta a la relación con los organismos internacionales de crédito y las entidades que participan en operaciones crediticias bilaterales, la política apunta a fortalecer la presencia argentina en los mismos y aumentar la inserción de nuestro país, tanto a nivel interregional como regional, con el objeto de mantener un marco favorable en la negociación del financiamiento de programas y proyectos. En la relación con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), la Corporación Andina de Fomento (CAF) y entidades financieras bilaterales, se priorizará la reactivación productiva del sistema económico, el financiamiento de los sectores sociales y la inversión en infraestructura básica.

 

Asimismo, se dará continuidad a la modalidad de préstamos directos a provincias y a la política de mejorar la eficiencia fiscal en esta materia en la relación Nación-Provincias, dando prioridad a los proyectos de infraestructura de integración regional, en el marco de la Iniciativa para la Integración de la Infraestructura Regional de Sudamérica (IIRSA).

 

Con el objeto de contribuir al desarrollo del sector privado, se dará prioridad al cumplimiento de los compromisos asumidos oportunamente por la República Argentina ante la Corporación Financiera Internacional, la Corporación Interamericana de Inversiones y el Fondo Multilateral de Inversiones, considerando que nuestro país es uno de los principales beneficiarios de estas instituciones.

 

En relación con los organismos financieros de los cuales nuestro país es miembro no prestatario (BCIE, BAD), se continuarán estableciendo vínculos comerciales con las distintas regiones con el propósito de promover el comercio exterior y permitir a las empresas argentinas participar de los procesos licitatorios de los proyectos financiados por estos organismos.

 

En materia de administración de flujos financieros, la política se dirigirá  a privilegiar la seguridad del movimiento de capitales de los organismos de financiamiento hacia la Argentina y viceversa, asegurando la fluidez del financiamiento de proyectos.

 

Con relación a las auditorías de proyectos con financiamiento de organismos internacionales de crédito, se continuará en el proceso de reducción de atrasos incurridos por las unidades ejecutoras en la presentación de estados contables y se privilegiará la labor de la Auditoría General de la Nación (AGN) en la emisión de sus informes por sobre las consultoras privadas.

 

2.5. EL GASTO PUBLICO Y SUS PRIORIDADES

2.5.1. LOS GASTOS PRIORITARIOS

La experiencia actual en el mundo señala que factores de tipo estructural, como capital humano, solidez financiera, e infraestructuras públicas, tienen una correlación positiva con el crecimiento económico y que, por el contrario, las altas tasas de inflación, los fuertes desajustes de los tipos de cambio y la ausencia de responsabilidad fiscal han producido efectos negativos sobre la actividad económica.

 

En Argentina, el comportamiento observado en el sector público y las crisis fiscales desde fines de los 80 han convertido a las finanzas públicas en un tema que merece especial consideración. Una política fiscal que incluyó elevados niveles de déficit y de gasto provocó problemas de tipo inflacionario, crisis de balanza de pagos y de deuda externa y restricciones al desenvolvimiento del sector privado. Sin embargo, la reducción de los déficit fiscales, esencial para asegurar la estabilidad, no es suficiente para garantizar el crecimiento económico.

 

Un hecho que no puede dejar de señalarse es el cambio de concepción que se ha verificado con relación al rol del sector público. Efectivamente, si en la década de los 90 se transitó desde una concepción en la que el sector público era un factor protagónico en el desarrollo económico a la idea de que más bien sería un obstáculo, la superación del estado ausente no debe entenderse como un movimiento pendular hacia el pasado. En esta nueva etapa, cabe al Estado un rol articulador que promueva prácticas de cooperación entre la esfera pública y la privada. Un aspecto esencial de la misma parte del reconocimiento del papel del mercado en la organización económica pero acompañado de un sector público capaz de armonizar el crecimiento económico con la equidad social.

 

Se trata de instalar como idea central que la solución a los problemas de la pobreza no se alcanza desde las políticas sociales sino, principalmente, desde las políticas económicas, donde estas últimas, no cobran la significatividad de un desplazamiento de la actividad privada sino la presencia del necesario complemento de un sector público eficiente, dinámico y con alta calidad institucional.

 

El sector público en este nuevo rol fija como garantía para la estabilidad y el crecimiento económico y social un sano principio de gobernabilidad fiscal asentado en el sostenimiento del superávit primario de las cuentas públicas, para ello la gestión de gobierno debe descansar por un lado en una creciente eficiencia asignativa y de control del gasto y por otra parte, en el fortalecimiento institucional de las políticas públicas a través de un creciente compromiso con los resultados que la sociedad demanda alcanzar.

 

Un carácter relevante adquiere la consideración de los aspectos básicos de las finanzas públicas. Se trata de encontrar medios apropiados para formular y aplicar políticas en este campo. La combinación de, por ejemplo, un mayor gasto público y una obtención de mayores ingresos debe considerar los aspectos referidos a cómo se asignan los gastos y como se obtienen los recursos.

Un hecho que no puede dejar de señalarse es el cambio de concepción que se ha verificado con relación al rol del sector público. Efectivamente, en la década de los 90 se ha transitado de una concepción en la que el sector público era un factor protagónico en el desarrollo económico a la idea de que más bien sería un obstáculo, para, actualmente, volver hacia el enfoque inicial, pero depurado (superávit fiscal y actividad empresaria limitada a sectores estratégicos, entre otras).

 

Es necesario enfatizar la necesidad de considerar los aspectos básicos de las finanzas públicas. Se trata de encontrar medios apropiados para formular y aplicar políticas en este campo. La combinación de, por ejemplo, un mayor gasto público y una obtención de mayores ingresos debe considerar los aspectos referidos a la asignación de los gastos y a cómo se obtienen los recursos.

 

La decisión de cuántos bienes se proveerán por el Estado y por cuáles mecanismos se habrá de llevar a cabo la acción redistributiva y compensatoria de las políticas públicas no tiene una respuesta única. El criterio será la búsqueda de mayor eficiencia y la asignación del gasto público atendiendo áreas de mayor prioridad, relegando en términos relativos aquellas que no son tales.

 

En relación a estos aspectos el presupuesto desempeña una labor insustituible. Si bien las exigencias de la estabilización económica contribuyen a este atributo del presupuesto, conforme se revitaliza la función asignativa y distributiva de la política fiscal, el presupuesto cobra una importancia creciente para el análisis de opciones y alternativas que permitan el mejor uso de los recursos públicos. Para ello se requiere definir las prioridades del gobierno y asignar recursos en conformidad con objetivos, formulando políticas y decidiendo niveles de gasto para cada área pública.

 

El Gobierno Nacional en el “Informe de Argentina sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio” (Octubre 2003) ha propuesto una guía orientadora para dar continuidad a la gestión de las políticas estatales por los sucesivos gobiernos. Los Objetivos de Desarrollo del Milenio para Argentina son:

 

El Gobierno Nacional ha elaborado el “Informe de Argentina sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio” (Octubre 2003). Este documento intenta ser una guía orientadora para dar continuidad a la gestión de las políticas estatales por los sucesivos gobiernos. Los Objetivos de Desarrollo del Milenio para Argentina son:

1.      Erradicar la Pobreza Extrema y el Hambre

2.      Alcanzar la Educación Básica Universal

3.      Promover el Trabajo Decente

4.      Promover la Igualdad de Género

5.      Reducir la Mortalidad Infantil

6.      Mejorar la Salud Materna

7.      Combatir el HIV, la Tuberculosis y el Chagas

8.      Asegurar un Medio Ambiente Sostenible

 

Las finanzas públicas en su concepción tradicional planteaban los objetivos del desarrollo en general en términos de crecimiento y equidad. En los años recientes, especialmente a causa de crisis económicas, se ha producido un cambio de percepción poniendo énfasis en la reducción de la pobreza como meta prioritaria, asignando un papel preponderante al gasto social más urgente (asistencial) para reducir la pobreza.

 

En esas circunstancias, aunque es preciso asignar recursos a conceptos del gasto que contribuyan a la protección social (subsidios por desempleo, planes alimentarios, entrega de medicamentos, etc.) es contraproducente hacerlo en desmedro de otras categorías de gastos claves en el desarrollo económico y social.

 

Es deseable mantener un balance entre la asignación para gastos sociales y para otros destinos, como por ejemplo, la infraestructura, la educación, la ciencia y tecnología (inversión en capital físico y humano y conocimiento), que inciden positivamente sobre el crecimiento económico sostenible a largo plazo que, por ende, redunda en una reducción permanente de la pobreza. En el plano internacional, existe cierto grado de consenso en que los gastos en investigación y desarrollo, educación e inversión en infraestructura son más productivos que otros.

 

El Presupuesto Nacional se encuentra en esa senda. No obstante, es importante considerar que la priorización de gastos no puede ignorar la restricción financiera que imponen las pautas fiscales para permitir una evolución sustentable de las finanzas públicas: un significativo superávit primario del orden del 3% del PIB y un resultado financiero también superavitario, con una regularización de la atención de los servicios de la deuda.

 

Es de público conocimiento que la crisis de los años 2001-2002 exacerbóo los niveles extremos de pobreza extremos ha llevado ade vastos sectores de la población a niveles extremos de pobreza. Por ello el Gobierno Nacional se propuso, en el marco de la política de gasto público para el año 2003, continuar con las medidas implementadas a través del Plan de Emergencia Social, a fin de superar la situación de riesgo colectivo originada por las graves circunstancias económicas y sociales. Para ello aumentaron los gastos respectivos.

 

El Plan de Emergencia Social se integró básicamente por el Plan Jefes y Jefas de Hogar ejecutado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; el Programa de Emergencia Sanitaria, a cargo del Ministerio de Salud y el Programa de Emergencia Alimentaria, ejecutado por el Ministerio de Desarrollo Social.

 

Adicionalmente se definieron gastos prioritarios para el año 2003 a aquellos relacionados con la ciencia y tecnología y las economías regionales. En tal sentido, el presupuesto proyectado asignó refuerzos especiales con relación al promedio general de ajuste de gastos.

 

En el marco de la política de gasto público para el año 2004 el Gobierno Nacional se propuscuróo continuar con la implementación de medidas tendientes a superar la situación de riesgo colectivo originado por las graves circunstancias económicas y sociales atravesadas por el país.

 

Con ese objetivo, en el presupuesto nacional se continuó dando prioridad a los gastos sociales, en ciencia y tecnología, y a las asignaciones que tuvieran un efecto positivo en las economías regionales. Es decir, para la elaboración del presupuesto para el año 2004 se contemplaron especialmente los requerimientos provenientes de dichas áreas con relación al nivel general de gastos que se previó factible satisfacer dentro de la restricción financiera y las metas fiscales a cumplir en el ejercicio. Asimismo, se previó atender compromisos con las provincias originados en Pactos Federales y Convenios Bilaterales.

 

A medida que se fue superando la crisis económica, social y fiscal que se precipitara en 2001-2002 el presupuesto se encontró en condiciones de atender una gama más amplia de objetivos de gobierno, contrario sensu al inicio de la crisis donde hubo que concentrar los escasos recursos fiscales en muy pocos y focalizados objetivos prioritarios, entre los que se destacaron los programas de emergencia social.

 

En ese marco, la política de gasto público para el año 2005 previó destinar recursos prioritariamente a la mejora del poder adquisitivo previsional y salarial, al desarrollo de infraestructura económica y social, con especial énfasis en las obras vinculadas al sector energético, al Plan Estratégico de Justicia y Seguridad 2004-2007 y a la ciencia y tecnología, sosteniendo al mismo tiempo las asignaciones presupuestarias orientadas a mitigar los efectos sociales de la crisis económica.

 

En continuidad con las prioridades de gasto público asignadas en los últimos tres años, las previsiones presupuestarias para 2006 contemplan los gastos destinados a educación, ciencia y tecnología; infraestructura económica y social; y a mejorar la distribución del ingreso, como ser salarios, jubilaciones y pensiones y subsidios a tarifas de servicios públicos.

 

En lo que respecta a la educación, la ciencia y la tecnología, la prioridad presupuestaria se enmarca en el Proyecto de Ley de Financiamiento Educativo elevado recientemente por el Gobierno Nacional al Congreso de la Nación. Dicho Proyecto apunta a incrementar entre los años 2006 y 2010 la inversión en educación, ciencia y tecnología, así como a mejorar la eficiencia en el uso de los recursos a fin de garantizar la igualdad de oportunidades de aprendizaje, favorecer la calidad de la enseñanza y fortalecer la investigación científico-tecnológica, reafirmando el rol estratégico del área para el desarrollo económico y socio-cultural del país. En este marco, el Proyecto prioriza asimismo la aplicación de la inversión a ciertos objetivos específicos, entre los que se destacan los vinculados al cumplimiento de los Objetivos y Metas de Desarrollo del Milenio para Argentina antes mencionados.

 

El Proyecto prevé que el presupuesto consolidado de los Estados Nacional, Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinado a educación, ciencia y tecnología aumente progresivamente hasta alcanzar en 2010 una proporción del 6% del PIB. Para ello establece un cronograma de la proporción que debería registrarse cada año entre el gasto y el PIB. Asimismo, dispone las participaciones correspondientes al Estado Nacional (40%) y a las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (60%) en el esfuerzo de inversión adicional para cada año a fin de alcanzar la meta prevista. Adicionalmente, el Proyecto propone la creación de un Programa Nacional de Compensación Salarial Docente destinado a garantizar la igualdad en el salario inicial docente en todas las jurisdicciones del país.

 

La prioridad presupuestaria asignada a la educación, la ciencia y la tecnología se expresa también en la reciente aprobación de la Ley N° 26.058 de Educación Técnico Profesional, cuyo objeto es regular y ordenar la Educación Técnico-Profesional en el nivel medio y superior no universitario del Sistema de Educación Nacional y la Formación Profesional, respetando los criterios federales y las diversidades regionales, y promoviendo el aprendizaje de capacidades, conocimientos, habilidades, destrezas, valores y actividades relacionadas con la materia. En cuanto al financiamiento, la norma crea el Fondo Nacional para la Educación Técnico-Profesional, integrado por un monto anual no inferior al 0,2% del total de los ingresos corrientes previstos en el Presupuesto Anual Consolidado para el Sector Público Nacional. Para el ejercicio 2006 los recursos del Fondo ascenderían a la suma de $ 264 millones.

 

Teniendo en cuenta estas consideraciones, este Proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2006 prevé un incremento del gasto destinado a educación, ciencia y tecnología de aproximadamente $ 1.719 millones. Según se observa en el cuadro adjunto, la participación más importante tanto en materia de educación como de ciencia y tecnología corresponde al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y sus organismos descentralizados. Adicionalmente, en el caso de la educación, la inclusión de jurisdicciones tales como el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior obedece a que en el ámbito de las mismas se realizan actividades de formación y capacitación de las distintas fuerzas de defensa y de seguridad nacionales, respectivamente.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Gastos destinados a Educación, Ciencia y Técnica

por Función y Jurisdicción

En millones de pesos

 

CONCEPTO

2004(2)

2005

2006

Variación 2006/2005

 

 

 

Mill. $

%

Educación(1)

  4.129,3

5.470,6

6.953,9

1.483,3

27,1

01 Poder Legislativo Nacional

33,5

39,3

44,1

      4,8

12,1

20 Presidencia de la Nación

        7,6

    12,8

     16,8

      4,0

31,4

25 Jefatura de Gabinete de Ministros

      38,4

    53,7

    68,2

     14,6

27,1

30 Ministerio del Interior

      87,8

   116,3

  193,6

     77,3

66,4

40 Ministerio de Justicia  y Derechos Humanos

       10,5

     11,3

     14,1

       2,8

24,6

45 Ministerio de Defensa

    308,8

   457,5

   513,9

    56,4

12,3

56 Ministerio de Planificación Federal, Inv. Pública y Serv.

         5,3

  172,6

  288,5

 116,0

67,2

70 Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología

 3.636,3

4.606,9

5.254,4

  647,6

14,1

91 Obligaciones a cargo del Tesoro(3)

       1,0

       0,2

  560,2

  560,0

-

Ciencia y Técnica(4)

     894,1

1.238,6

1.498,3

   259,7

21,0

35 Ministerio de Relaciones Exteriores, Com. Inter. y Culto

      47,4

    60,5

    93,5

    33,0

54,5

50 Ministerio de Economía y Producción

   226,2

  328,6

  438,3

   109,7

33,4

56 Ministerio de Planificación Federal, Inv. Pública y Serv.

    126,9

  160,1

   187,0

    27,0

16,9

70 Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología

    468,2

 649,8

  736,5

     86,7

13,3

80 Ministerio de Salud y Ambiente

   25,3

    39,6

     43,1

       3,4

8,7

Otras Funciones

       61,7

     88,1

     63,9

 -24,3

-27,5

70 Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología

     61,7

     88,1

     63,9

  -24,3

-27,5

   Total Gastos Corrientes y de Capital

  5.085,1

6.797,3

8.516,1

1.718,8

25,3

   Aplicaciones Financieras

        9,4

     10,1

     10,3

       0,2

1,6

TOTAL

  5.094,5

6.807,5

8.526,4

1.719,0

25,3

TOTAL en % PIB

      1,14

     1,30

     1,44

 

 

(1) Incluye el gasto de las Bibliotecas Nacional y del Congreso de la Nación.

(2) Gasto devengado.

(3) Corresponde a las previsiones comprendidas en el Proyecto de Ley de Financiamiento Educativo.

(4) Excluye el gasto del Instituto Geográfico Militar.

 

En materia de ciencia y técnica, se destacan fundamentalmente las actividades de Investigación, Innovación y Transferencia de Tecnologías que desarrolla el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y de Desarrollo y Competitividad Industrial a cargo del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), ambos en el ámbito del Ministerio de Economía y Producción. Asimismo, es importante la participación del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, explicada por la participación de la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONEA), que desarrolla actividades de Desarrollo de Tecnología Nuclear, Investigación y Formación de Recursos Humanos en Ciencias Básicas. En el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto su participación en ciencia y técnica se explica fundamentalmente por las actividades de Generación de Ciclos de Información Espacial Completos que desarrolla la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE).

 

En continuidad con la política para el ejercicio actual, en el Presupuesto Nacional para el año 2006 se ha dado prioridad al financiamiento de la infraestructura básica y social y, en general, de la inversión que en sentido amplio contribuye al fomento del crecimiento económico y social, en el entendimiento de que la inversión pública debe acompañar y potenciar a la inversión privada.

 

Con ese criterio, en el cuadro siguiente se desagregan las funciones a las que se destina prioritariamente la inversión pública nacional que se presupuesta para el próximo ejercicio.

 

INFRAESTRUCTURA ECONOMICA Y SOCIAL POR FUNCION

2004(1)

2005

2006

Variación 2006/2005

Mill. $

Mill. $

Mill. $

Mill. $

%

 - Energía, Combustibles y Minería

1.203,6

1.717,4

3.152,0

1.434,6

83,5

 - Transporte

1.826,0

2.824,7

3.381,6

556,9

19,7

 - Vivienda y Urbanismo

1.121,3

2.008,8

2.610,3

601,5

29,9

 - Educación y Cultura

168,3

425,6

699,2

273,5

64,3

 - Ecología y Medio Ambiente

194,1

407,0

564,9

158,0

38,8

 - Agua Potable y Alcantarillado

279,6

327,6

435,7

108,1

33,0

 - Ciencia y Técnica

114,6

241,4

309,8

68,4

28,3

TOTAL

4.907,5

7.952,5

11.153,5

3.201,0

40,3

(1) Gasto devengado

 

Como puede observarse, el mayor incremento se registra en el sector de energía, combustible y minería, en el ámbito del cual gravitan en el ejercicio 2006 la creación del Programa para el Desarrollo Integrador del Norte Grande, la ejecución de la política de energía eléctrica, los Fondos Eléctrico de Desarrollo del Interior (FEDEI) y Unificado Eléctrico, el desarrollo de energías renovables en mercados rurales y la asistencia financiera a empresas públicas del sector de energía y minería.

 

En el área del transporte, se destacan el Sistema de Contratos de Recuperación y Mantenimiento (CReMa), las obras de mejoramiento y reposición de diversas rutas y las obras vinculadas a pasos fronterizos y corredores de integración a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad. Explican adicionalmente la asignación al sector los proyectos que se realizarán en el marco del mencionado Programa para el Desarrollo Integrador del Norte Grande por parte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, así como el desarrollo de infraestructura en el ámbito de las concesiones viales a cargo del Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI).

 

En materia de vivienda y urbanismo, la importancia de la asignación deriva del inicio durante 2006 de acciones sobre la emergencia habitacional, así como de la continuidad de las actividades vinculadas a los Planes Federales de Vivienda, el mejoramiento de barrios y el mejoramiento habitacional. También resulta significativo para el área el incremento de los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI).

 

Cabe aclarar que se ha tomado un concepto de "infraestructura económica y social" que no abarca la totalidad del gasto de inversión pública nacional correspondiente a las finalidades Servicios Económicos y Servicios Sociales, sino una parte considerada prioritaria en los términos explicitados precedentemente.

 

INFRAESTRUCTURA ECONOMICA Y SOCIAL

2004(1)

2005

2006

Variación 2006/2005

Mill. $

Mill. $

Mill. $

Mill. $

%

-   Administración Nacional

4.652,7

7.341,9

9.994,5

2.652,6

36,1

- Inversión Real Directa

1.325,7

2.373,4

3.436,4

1.063,1

44,8

- Transferencias de Capital

2.215,9

3.980,8

5.314,7

1.333,9

33,5

- Concesión de Préstamos y Aportes de Capital

1.111,1

987,7

1.243,4

255,7

25,9

-   Fondos Fiduciarios

254,8

610,6

1.159,0

548,4

89,8

- Fondo Fiduciario de Infraestructura Hídrica

177,0

367,2

531,4

164,2

44,7

- Fondo Fid. para el Transporte Eléctrico Federal

77,8

243,4

627,6

384,3

157,9

TOTAL

4.907,5

7.952,5

11.153,5

3.201,0

40,3

(1) Gasto devengado

 

Asimismo, el concepto de inversión pública nacional considerado involucra tres componentes: la inversión real directa de la Administración Nacional, el financiamiento de la inversión por parte de la Administración Nacional a través de transferencias de capital y el financiamiento de la inversión por parte de los fondos fiduciarios del Sector Público Nacional. A este concepto se agrega la concesión de préstamos y los aportes de capital a empresas presupuestados en la Administración Nacional para 2006, fundamentalmente con el objeto de promover el desarrollo de infraestructura del sector energético.

 

Por último, se ha dado prioridad a aquellos gastos que contribuyen a mejorar la distribución del ingreso, como ser salarios, jubilaciones y pensiones y subsidios a tarifas de servicios públicos.

 

Con respecto a los gastos salariales y previsionales el Gobierno Nacional en el transcurso del ejercicio 2005, dictó un conjunto de medidas, que se describen en párrafos posteriores del presente apartado, orientadas a recuperar el poder adquisitivo de las jubilaciones, pensiones y salarios del Sector Público Nacional. Estas medidas impactan sensiblemente en la programación de los gastos del Presupuesto de la Administración Nacional para el próximo ejercicio.

 

GASTOS PREVISIONALES Y SALARIALES

2004(1)

2005

2006

 Variación 2006/2005

Mill. $

Mill. $

Mill. $

 Mill. $

 %

-  Jubilaciones y Pensiones

21.492,3

25.494,7

28.768,0

3.273,3

12,8

-  Gastos en Personal

9.514,8

11.421,4

13.021,7

1.600,3

14,0

.  Adm. Nacional

7.789,2

9.400,2

10.842,0

1.441,8

15,3

.  Otros Entes del SPN

1.725,6

2.021,1

2.179,7

158,6

7,8

-  Transferencias vinculadas a Salarios

2.288,3

2.824,2

3.136,0

311,7

11,0

-  Fondo Nacional de Incentivo Docente

1.136,5

1.314,7

1.318,0

3,3

0,3

TOTAL

34.431,9

41.055,0

46.243,7

5.188,7

12,6

(1) Gasto devengado

 

Los Gastos en Personal corresponden al personal de planta y contratado de la Administración Nacional (Administración Central, Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social) y de otros entes del Sector Público Nacional (mayoritariamente AFIP, el PAMI, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, el Instituto Nacional de la Yerba Mate y la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones), mientras que el resto de los conceptos detallados se corresponde con transferencias que desde la Administración Nacional se realizan para la atención de: jubilaciones, retiros y pensiones; gastos salariales correspondientes al Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID); y transferencias vinculadas a salarios (universidades nacionales, hospitales Garrahan y Posadas, empresas públicas, academias nacionales y agentes de salud).

06/046 de abril de/  la la

2.5.2. POLITICAS DE GASTOS

Con relación a la política de ocupación y salarios, en las negociaciones colectivas de la Administración Pública Nacional, según la articulación dispuesta por la Ley Nº 24.185 y el Convenio Colectivo de Trabajo General (CCTG) homologado por Decreto Nº 66/99, se ha dispuesto comenzar con la apertura de los niveles inferiores de negociación, definidos oportunamente bajo la denominación genérica de Convenios Colectivos Sectoriales.

 

Las políticas que se instrumenten para el tratamiento de las convenciones sectoriales, como así también el llamado a negociaciones de Convenios Colectivos de Trabajo según la Ley Nº 14.250, estarán orientadas a encuadrar los proyectos respectivos en el marco de los niveles fijados en el Presupuesto Nacional, observando los principios de contención del gasto público y, en correspondencia con los principios de filosofía laboral que surgen de la nueva legislación vigente. Todo ello estará circunscripto a las normas y los criterios que surgen del marco presupuestario y de financiamiento, generado por las políticas dirigidas a obtener la sustentabilidad fiscal.

 

En ese sentido, el Estado empleador junto con las entidades gremiales signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo General acordaron un cronograma para los diez escalafones que restan ser negociados a nivel Sectorial, que culmina con la última apertura el 20 de octubre de 2005.

 

En virtud de dicho cronograma se estima que la temática salarial será de tratamiento con la apertura de las negociaciones sectoriales, quedando el proceso abierto hasta concluir con el acuerdo total de los institutos y materias que conforman cada uno de los convenios sectoriales, y por ende sus respectivos escalafones hasta su correspondiente homologación.

 

En los convenios sectoriales cuyas negociaciones se encuentran en proceso, como es el caso del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA) y el Escalafón de los Profesionales de la Salud, se ha instrumentado un acuerdo salarial por el cual se determinó el blanqueo de las sumas fijas no remunerativas y no bonificables otorgadas por los Decretos Nº 682/04 y 1993/04, y fijando nuevos niveles de retribución a partir del 1º de julio de 2005. A los efectos del cierre de dichas negociaciones, resta tratar las materias relacionadas con el régimen de carrera y las condiciones de empleo.

 

Por otra parte el Poder Ejecutivo ha comenzado a ejecutar la conversión de los contratos celebrados bajo el régimen del Decreto Nº 1.184/01 cuyos honorarios mensuales lleguen hasta $ 1.512, en el marco del régimen establecido por el artículo 9º del Anexo a la Ley 25.164, en todas las jurisdicciones y entidades descentralizadas comprendidas por dicha Ley dentro de las disponibilidades presupuestarias respectivas, y del ejercicio de las facultadas de dirección del Estado empleador. A este efecto, deberán preverse los costos que implique la consideración de las respectivas cargas de la Seguridad Social.

 

En tal sentido, mediante el Decreto Nº 707/05, se ha establecido el régimen de equiparación remunerativa de los contratos celebrados bajo el régimen del Decreto Nº 1.184/01 cuyos honorarios mensuales lleguen hasta $1.512, para las Jurisdicciones y Entidades descentralizadas en las que rige el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA).

 

Atento los requerimientos manifestados por las entidades gremiales signatarias del CCTG respecto de ampliar el alcance de lo establecido por el Decreto Nº 707/05, se prevé que en una segunda etapa la equiparación remunerativa de los contratos celebrados bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01 alcance a los honorarios superiores a $ 1.512 y al resto de los ordenamientos escalafonarios

 

Asimismo, se deberá concretar un control estricto del gasto en recursos humanos, a través de medidas restrictivas y estructurales que permitan cumplir con los objetivos del Estado, dentro de las condiciones salariales y presupuestarias definidas en la Ley de Presupuesto, entre las que se pueden mencionar:

-        La prohibición de aprobar incrementos en la cantidad de cargos y horas de cátedra, dentro de los totales determinados por las planillas de recursos humanos que forman parte integrante del proyecto de Ley de Presupuesto.

-        La atención, dentro de las previsiones para Gastos en Personal de la Administración Nacional, de los crecimientos de cualquier naturaleza, derivados de la aplicación de normas escalafonarias vigentes y los mayores costos derivados de modificaciones orientadas al ordenamiento de la normativa laboral, como así también aquellos originados en reubicaciones entre el personal contratado y de éstos a la planta permanente.

-        El control más eficiente del gasto en personal, a través de acotar la cantidad de contrataciones, bajo los regímenes de los Decretos Nº 1.184/2001 y Nº 1.421/2002, dentro de las previsiones presupuestarias específicas para esas contrataciones. Aprobado el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio, se prevé en la distribución limitar el nivel de normas jurídicas relacionadas con su ajuste (Decreto o Decisión Administrativa).

-        Ejecución de acciones para la optimización del empleo público, desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo, tales como la implantación de tecnologías de gestión de recursos humanos que permitan concretar una reestructuración integral del capital humano del Estado, dirigida a una administración con medios eficientes para cumplir eficazmente sus objetivos, comenzando con una redefinición de un legajo único para el personal permanente, transitorio y contratado que sirva a una moderna administración de recursos humanos a nivel local y de oficinas centrales y su establecimiento en todas las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional.

 

En orden a la administración de los recursos humanos y a la transparencia del gasto en personal a través de la captación de datos que permitan visualizar sus componentes, se prevé la extensión del ámbito de aplicación del Sistema Integrado de Recursos Humanos – SIRHU –, fijado por el artículo 30 de la Ley N° 25.827, de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2004, a los Organismos comprendidos en el inciso d) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, como así también al Sistema de Pasantías Educativas (Ley 25.165) y a todo contrato de locación de servicios en el ámbito del mencionado artículo 8° de la Ley 24.156, cuyo gasto se atienda fuera de los créditos del inciso 1 – Gastos en Personal.

 

Con relación a la política de seguridad social cabe destacar un conjunto de medidas, tomadas últimamente, que impactarán plenamente en el Presupuesto Nacional para el año 2006:

-        Jubilación Anticipada: la Ley N° 25.994, sancionada y promulgada en diciembre de 2004, crea la prestación de Jubilación Anticipada a la que tendrán derecho las personas que cumplan con los requisitos de edad (60 años los varones y 55 años las mujeres), servicios (acreditar 30 años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes jubilatorios comprendidos en el régimen de reciprocidad) y situación de desempleo (acreditar encontrarse en situación de desempleo al 30 del mes de noviembre de 2004).

-        Régimen Previsional Especial para Docentes: el Decreto N° 137, de fecha 21 de febrero de 2005, crea un suplemento destinado a abonar a los docentes la diferencia entre el monto del haber otorgado por la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias y el establecido en la Ley Nº 24.016, con lo cual el monto de jubilación para docentes es el 82% del último sueldo percibido. Los docentes en actividad abonarán una alícuota diferencial del 2% por sobre el porcentaje vigente.

-        Régimen Previsional Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos: el Decreto N° 160, del 25 febrero de 2005, crea el suplemento "Régimen Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos", a fin de abonar a sus beneficiarios la diferencia entre el monto del haber otorgado en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias y el porcentaje establecido en el artículo 5° de la Ley N° 22.929 y sus modificatorias, con lo cual el monto de jubilación para investigadores científicos y tecnológicos es el 82% del último sueldo percibido. El mismo Decreto establece que los investigadores científicos y tecnológicos a que se refiere la Ley N° 22.929 y sus modificatorias deberán aportar, a partir de las remuneraciones que se devenguen por el mes de mayo de 2005, una alícuota diferencial del 2%.

-        Aumento de la Jubilación Mínima: el Decreto N° 748 del 30 de junio de 2005 eleva a partir del 1º de julio de 2005, el haber mínimo jubilatorio a $350 del mínimo de $308 vigente antes del Decreto. Esta medida impacta en 2.400.000 jubilaciones y pensiones nacionales de todo el país, aproximadamente el 70% del total. El aumento incluye a los beneficiarios de pensiones no contributivas y a Veteranos de Guerra de Malvinas; en este último caso, cabe destacar que el monto de las pensiones para los titulares de las mismas es el equivalente a la suma de tres (3) veces el haber mínimo. El incremento es de carácter remunerativo y tendrá impacto directo en el cobro del medio aguinaldo a partir del segundo semestre del presente año. En los casos en los que se cobran dos beneficios mínimos, el aumento se aplica a ambos. A su vez, se establece a partir del 1º de setiembre un complemento de asignación mensual que lleva el haber mínimo a $390 beneficiando a 2.522.000 jubilados y pensionados del Sistema Integrados de Jubilaciones y Pensiones, las ex – Cajas Provinciales transferidas a la Nación, de las Pensiones No Contributivas y a Veteranos de Guerra de Malvinas.

-        Asignaciones Familiares: modificación de las escalas y elevación del tope salarial sobre el que se pagan las asignaciones familiares, que pasa de $ 2.025 a $ 2.600. Esta medida permite que más de 40.000 trabajadores cobren los beneficios por asignaciones familiares de los cuales estaban excluidos y para los que ya estaban incluidos significa una mejora directa por corrimiento de las escalas.

 

Con relación a la política de inversión pública, debe decirse que la inversión bruta fija sigue experimentado una importante variación positiva, alcanzando progresivamente niveles similares a los anteriores a la salida de la convertibilidad. Los recursos del Sector Público Nacional en gastos de capital representaron en el año 2004 aproximadamente el 1,3% del PIB, mientras que la inversión real directa realizada, es decir aquella inversión ejecutada a través del presupuesto nacional, significó el 0,3% del PIB. Este último valor es el máximo de los últimos diez años (1995-2004).

 

El retroceso del gasto de capital que tuvo lugar en la última década generó un deterioro tanto de la infraestructura productiva básica como de la infraestructura social, provocando un aumento en los costos de producción y de vida de la población reflejado en la dificultad de la economía argentina para mantener su tasa de crecimiento de largo plazo.

 

Asimismo, en el presente escenario de mayor nivel de actividad económica subsiste la restricción fiscal, lo cual requiere gestionar la demanda de inversión pública sobre la base de los siguientes criterios:

a)               Identificar sectores -y eventualmente proyectos- que resulten particularmente prioritarios, a los fines de asegurar la sostenibilidad de una senda de crecimiento.

b)               Formular adecuadamente los proyectos de inversión asegurando su viabilidad técnica, económica y administrativa.

c)               Generar un marco de incentivos para mejorar los niveles de ejecución de la inversión evitando que una mala formulación de los proyectos lleve a su ejecución deficiente.

 

Sobre la base de estas necesidades se han definido criterios de priorización de la demanda de inversión para el año 2006 considerando un conjunto de variables de análisis, entre las cuales se destaca especialmente la contribución a las distintas políticas sectoriales de los proyectos de ampliación a iniciar. Otro elemento fundamental incorporado en el presente proceso de priorización ha sido la participación activa de los Organismos de la Administración Nacional.

 

Con relación a la metodología utilizada, en primer lugar se buscó dar preeminencia a los proyectos en ejecución, tanto a los que reponen como a los que amplían el stock de capital. En segundo lugar, entre los nuevos emprendimientos se favoreció a los proyectos que reponen el stock de capital. En tercer lugar, se analizaron los proyectos nuevos que amplían la capacidad productiva a fin de poder jerarquizarlos.

 

Este análisis consideró varios aspectos de cada proyecto. El criterio de la contribución de los proyectos a ciertas políticas sectoriales vigentes o previstas tiene como objetivo dar alguna respuesta a las necesidades del contexto socio económico del país. Las políticas consideradas apuntan en particular a las contribuciones al crecimiento económico y la capacidad exportadora,  la mejora de la equidad social, el desarrollo territorial equilibrado y el fortalecimiento de la gestión del Estado en las áreas de salud, educación y programas sociales.

 

También fueron tenidos en cuenta los aspectos cualitativos de cada proyecto y su contribución al empleo y al desarrollo de actividades de producción relacionadas, de carácter no transitorio, una vez finalizada la etapa de inversión. Por último, los proyectos debían tener un grado de elaboración avanzado a fin de asegurar que los recursos asignados a la inversión fuesen plenamente utilizados, evitando costosas demoras hasta el comienzo de la ejecución.

 

Entre las inversiones tendientes a dar respuesta al contexto socioeconómico del país, cabe mencionar la construcción de obras de infraestructura básica, y el fortalecimiento de las acciones del gobierno nacional en materia de vivienda y desarrollo urbano tendientes a una gestión urbana y territorial eficiente y eficaz, así como a la construcción de viviendas con estándares de calidad adecuados. También debe destacarse la ejecución de los planes, proyectos y obras iniciados en años anteriores en materia de política hídrica nacional, priorizando aquellos con mayor impacto sobre la población y destinados al control y prevención de inundaciones, el desarrollo de sistemas cloacales y el tendido de redes que garanticen el acceso al agua a las zonas que carecen de ella, mejorando ostensiblemente los indicadores sanitarios y mejorando la equidad social.

 

El Programa de Obras de Saneamiento en Áreas con Riesgo Sanitario (PROARSA), por ejemplo, prevé subsidios a Gobiernos provinciales o municipales para el financiamiento de infraestructura de saneamiento para áreas carenciadas y en riesgo sanitario. También se asiste técnica y financieramente –a través de Préstamos para Obras Menores de Saneamiento (PROMES)– a Entes Prestadores de Servicios Sanitarios y Entes de Regulación y Control de Servicios para la realización de inversiones en saneamiento básico de pequeña y mediana envergadura. Con respecto a estos servicios de agua potable y saneamiento básico, en particular, el objetivo central es lograr la universalidad en la prestación, llegando al 90% de cobertura en el primer caso y al 75% en el segundo (Metas de la Cumbre del Milenio) para el año 2015; y reducir las enfermedades de origen hídrico-sanitario, tales como cólera, diarrea, hepatitis, etc.

 

Como ejemplo de una inversión con alto impacto social puede mencionarse el Plan Agua Más Trabajo, destinado a asegurar tanto la reducción de la vulnerabilidad sanitaria de grupos de bajos recursos como la inclusión de personas marginadas al mercado de trabajo. En el marco de este Plan, que apunta a brindar agua potable de fuente segura por red a la periferia carenciada de las grandes urbanizaciones a partir de cooperativas de trabajo especializadas en la ejecución de redes, se prevé para 2006 el abastecimiento a 600.000 usuarios nuevos y la incorporación al circuito laboral de más de 2.300 ciudadanos desocupados.

 

En materia de contribución al crecimiento económico, puede señalarse el mejoramiento de la infraestructura vial y la reducción de los costos de tránsito y transporte mediante acuerdos comerciales, política complementaria a las nuevas funciones asignadas al Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI) por el Decreto Nº 1.915/04 y la Resolución Nº 178/04 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. También puede citarse el caso del sector energético, donde los principales objetivos apuntan a trazar políticas rectoras tendientes al abastecimiento interno de gas y electricidad y al cumplimiento de los compromisos asumidos con terceros países, así como a fomentar la construcción de gasoductos y líneas de transmisión y la explotación de los recursos del sector. Otro objetivo de relevancia para 2006 es aumentar la capacidad de transporte de gas de los sistemas existentes mediante obras de expansión por fideicomisos y la construcción de nuevos gasoductos.

 

Las políticas vinculadas a la infraestructura para educación, por su parte, son indicativas del fortalecimiento de la gestión del Estado en las áreas sociales clave. Para el mediano plazo se prevén, entre otras, obras de rehabilitación menores y adecuación de edificios para la localización de aulas de informática (Programa Integral para la Igualdad Educativa); la provisión de condiciones básicas para el uso de las tecnologías de información y comunicación a establecimientos de nivel medio y Centros de Actualización e Investigación Educativa (Programa de Mejoramiento del Sistema Educativo - PROMSE); el financiamiento de obras mayores y menores para la sustitución de escuelas de alta precariedad, la ampliación de aulas y la refuncionalización de edificios y obras de rehabilitación menores; la atención a través de Fondos Rotatorios de situaciones imprevistas originadas en fenómenos naturales que afecten a los establecimientos; la provisión de servicios básicos (agua potable, energía eléctrica, gas y calefacción) a las escuelas que carezcan de los mismos; el abastecimiento y/o reposición de equipamiento escolar adecuado y suficiente para cubrir los requerimientos de las provincias, incluido el equipamiento informático; y transferencias para la construcción de la infraestructura necesaria a los microemprendimientos educativos.

 

Finalmente, debe destacarse que la nueva modalidad de priorización de la demanda de inversión para el período 2006-2008 implicó un mayor compromiso con la información contenida en el BAPIN (Banco de Proyectos de Inversión), con el objeto de alcanzar una correcta jerarquización de los proyectos.

 

2.6 COORDINACION FISCAL CON LAS PROVINCIAS

El consolidado del sector público provincial verifica en el ejercicio 2004 y en la estimación realizada para el año 2005, resultados financieros superavitarios afianzando la buena performance observada en 2003.

 

En el año 2004, ya concluidos el Programa de Unificación Monetaria, por el cual se rescataron los bonos cuasimonedas en circulación, y la reprogramación de la deuda tanto provincial como municipal, se consolidó un contexto favorable para el desarrollo de políticas fiscales y financieras tendientes a ordenar, sanear y transparentar las cuentas públicas.

 

Dichos objetivos fueron materializados desde el Gobierno Nacional básicamente a través de dos instrumentos: la continuidad del Programa de Financiamiento Ordenado y la aprobación de un cuerpo de medidas tendientes a establecer reglas generales de comportamiento fiscal y obtener una mayor transparencia en la gestión pública.

 

Una evaluación de los resultados en términos de las metas comprometidas en el Programa de Financiamiento Ordenado, que tuvo como objetivo contribuir al saneamiento fiscal y brindar asistencia financiera de emergencia a las provincias mediante préstamos del Gobierno Nacional, muestra desde 2002, año en que se pone en marcha, hasta el 2004, un comportamiento positivo. En 2004, la meta fiscal consolidada de las dieciocho provincias firmantes registró un cambio cualitativo respecto de los programas anteriores, dado que entre los compromisos asumidos, el de ejecutar un superávit fue cumplido, alcanzando la ejecución un resultado financiero positivo de $ 3.635 millones. 

 

Impulsado por estos resultados, en un contexto favorable de permanente crecimiento del nivel de actividad económica y de la recaudación impositiva nacional y provincial, el consolidado de las 24 jurisdicciones provinciales arrojó un superávit primario del 1,3% del PIB, que en términos nominales equivale a $ 5.843 millones.

 

Las nuevas condiciones alcanzadas por las finanzas provinciales resultaron propicias para que a mediados del año 2004 el Gobierno Nacional elevara al Congreso de la Nación un proyecto con medidas de responsabilidad fiscal, que fue convertido en Ley Nº 25.917, creándose el primer Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal. En diciembre de 2004 el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto N° 1.731 reglamentó dicha Ley con vigencia a partir del 1 de enero de 2005.

 

El objetivo del mencionado Régimen es la consolidación del marco de ordenamiento fiscal y financiero, en el cual deberán desenvolverse la totalidad de las relaciones intergubernamentales, homogeneizando las reglas de juego para todos y cada uno de los partícipes, introduciendo pautas macrofiscales que provean sustentabilidad y previsibilidad a la política fiscal y orientando al gasto de modo que contribuya al crecimiento económico, priorizando, en este contexto, las acciones de inversión pública destinadas a reducir los déficit en materia de infraestructura básica social y con ello el mejoramiento de las condiciones de vida de la población.

 

Asimismo, con dicha norma legal se posibilitará el consenso de las políticas fiscales que permitan disminuir paulatinamente el nivel de endeudamiento, así como la promoción de la transparencia y de una mejor gestión de los recursos financieros y reales del sector público.

 

Estos últimos dos aspectos, están siendo apoyados por el Gobierno Nacional con acciones destinadas a lograr la implementación de sistemas integrados de información fiscal y financiera en cada una de las jurisdicciones provinciales que así lo requieren con asistencia financiera, en calidad de préstamos, del Banco Interamericano de Desarrollo.

 

La adhesión de las provincias a la Ley N° 25.917 es relevante ya que, finalizado el primer semestre de 2005, alcanzó a diecinueve jurisdicciones (Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Misiones, Río Negro, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tucumán y Ciudad Autónoma de Buenos Aires) cuyos gastos representan casi el 90% del total de egresos del consolidado provincial del año 2004.

 

En las provincias adheridas, sus normativas pusieron en marcha una modalidad de implementación peculiar del Régimen en el ámbito Municipal. Ello le da una amplitud de matices de manera tal que en algunas provincias éstos quedan obligados al cumplimiento del mismo, en tanto que en otras se hace una invitación de adhesión voluntaria, existiendo casos en donde se crea un Consejo Provincial de Coordinación Presupuestaria y Fiscal.

 

Dando continuidad a la política de asistencia del Gobierno Nacional a las jurisdicciones provinciales, el artículo 26 de la Ley N° 25.917 autoriza la implementación de programas de financiamiento para atender exclusivamente los vencimientos de capital de deuda, con aquellas provincias que presenten dificultades financieras, dejando de lado los demás aspectos contemplados en los programas anteriores (déficit de caja, atrasos). Finalizando el mes de junio de 2005, once de ellas han suscripto Convenios Bilaterales en el marco de este Programa.

 

En cuanto al objetivo de disminuir paulatinamente el nivel de endeudamiento, el Capítulo V de la Ley N° 25.917 establece la necesidad de adecuar el perfil de la deuda, tomando las jurisdicciones las medidas necesarias para que sus servicios de la deuda no superen el 15% de los recursos corrientes netos de coparticipación a municipios (indicador de endeudamiento). Adicionalmente, se establece que cada gobierno subnacional, para acceder a operaciones de endeudamiento y otorgar garantías y avales, deberá remitir la documentación y antecedentes al Ministerio de Economía y Producción de la Nación, el que deberá efectuar un análisis a fin de autorizar tales operaciones.

 

El Gobierno Nacional, asimismo, para contribuir a que las provincias puedan alcanzar una menor carga financiera derivada del endeudamiento, ha resuelto asistir técnicamente a aquellas jurisdicciones que han iniciado procesos de reestructuración de deudas con las entidades financieras con el objetivo de colaborar en las acciones encaradas para mejorar el perfil de los vencimientos de intereses y amortizaciones en los próximos ejercicios fiscales.

 

Otro de los aspectos centrales del Régimen es el hecho de que la Autoridad de Aplicación, el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal, está integrado tanto por la Nación como por las provincias que adhieran al mismo, asegurando el consenso, la acción articulada y la coordinación entre los distintos niveles de gobierno y el fortalecimiento del desarrollo del federalismo.

 

En el transcurso del año 2005 se fue avanzado en los distintos aspectos organizativos y funcionales que hacen a la implementación integral de Ley N° 25.917, como es el funcionamiento pleno del Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal y su Comité Ejecutivo.

 

En este proceso, el Consejo Federal ya ha definido su Reglamento Interno, ha elegido sus autoridades y las del Comité Ejecutivo, y ha comenzado a desarrollar distintas actividades para dar cumplimiento a los postulados de la Ley.

 

Como parte del mismo proceso de institucionalización y en el marco de las actividades que le encomendara la Ley, el Foro Permanente de Direcciones de Presupuesto y Finanzas de la República Argentina presentó los conversores de los clasificadores presupuestarios de las provincias adheridas, de modo de generar información periódica en un formato homogéneo y, adicionalmente, los indicadores fiscales que permitan hacer comparaciones interprovinciales de la gestión pública.

 

La Ley N° 25.917 también ha previsto, con una visión abarcadora de los aspectos centrales que inciden en la situación fiscal y financiera del sector público en su conjunto, un capítulo para abordar la resolución de deudas y acreencias pendientes. En dicho marco, y considerando los artículos 16 y 17 de la Ley N° 25.967 de Presupuesto Nacional para el año 2005, el Gobierno Nacional tiene por delante la compleja tarea de instrumentar un régimen de compensación de deudas entre las jurisdicciones participantes del Régimen, de manera tal que se logre un saneamiento definitivo de la situación financiera entre ambos niveles de gobierno.

 

Estas acciones son una continuidad de las que fueron oportunamente puestas en marcha con anterioridad a la vigencia de la Ley N° 25.917, con el objeto de resolver situaciones específicas, tales como la compensación de las deudas recíprocas entre el Gobierno Nacional y las jurisdicciones provinciales correspondientes a la emisión de las Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales (LECOP) con respecto a los Derechos Creditorios que las Provincias detentaban por la Segunda Addenda al Compromiso Federal de 1999, así como los saldos de recaudación de tributos nacionales en títulos de deuda y Certificados de Crédito Fiscal (CCF) respecto de los Servicios de Organismos Internacionales de Crédito que el Gobierno Nacional canceló durante los años 2002 y 2003.

 

Bajo el escenario citado y como resultado de estos esfuerzos se estima alcanzar una normalización plena de la situación del endeudamiento provincial y la consolidación del saldo positivo del superávit primario.