2. LAS POLITICAS PRESUPUESTARIAS PARA 2006
2.1. POLITICA Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Con relación a la política tributaria, el Gobierno Nacional seguirá
desarrollando su proyecto destinado a: i) eliminar gradualmente alteraciones en
el sistema económico generadas por la aplicación de algunos tributos, ii)
tender a la transparencia y simplificación del sistema tributario en la medida
que la complejidad de las normas de cada tributo así lo permita, iii) mejorar
la equidad distributiva del sistema tributario, iv) generar nuevos recursos de
carácter genuino para financiar el gasto público.
La simplificación del sistema constituye un objetivo
permanente, dado su impacto favorable tanto sobre los administrados como sobre
la Administración Tributaria. Esta simplificación se refiere no sólo a la
incorporación de mecanismos más sencillos de tributación, sino también a la
clarificación de la legislación vigente a fin de reducir los riesgos de
diversas y divergentes interpretaciones entre los agentes involucrados en la
relación fisco-contribuyente.
La vigencia del Impuesto sobre los Créditos y Débitos
en Cuenta Corriente Bancaria ha sido prorrogada, por lo que el gravamen seguirá
rigiendo durante 2006. El carácter sencillo y simplificado de su aplicación y
la importancia de su significación presupuestaria no obstan para la
consideración de los efectos que genera este impuesto en los distintos sectores
de la economía; por ello, se continuará analizando su incidencia sobre
distintas operatorias a fin de evitar impactos no deseados en actividades
prioritarias para el Gobierno.
En materia de Recursos de la Seguridad Social, durante
2006 se eliminará plenamente el tope a las remuneraciones sujetas a
contribuciones a cargo del empleador (a partir de octubre del corriente año
finaliza el tratamiento diferencial), mientras que no se prevén en el corto
plazo modificaciones de los actuales niveles de retención sobre las
remuneraciones en lo que respecta a los aportes personales a las
Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.
Por otra parte, continuará el análisis integral de los
actuales Derechos de Exportación y su impacto sobre la tasa de cambio y los
precios internos; sólo a partir de tal análisis podrá evaluarse una eventual
corrección de los mismos.
En cuanto al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta,
el mismo se encuentra en permanente revisión. El ejercicio 2006 será el octavo
año de su vigencia, y ha perdido significatividad en el último período a partir
de su absorción por las ganancias derivadas del importante incremento en la
actividad económica. Adicionalmente, su aplicación marginal a los sectores
capital-intensivos también se encuentra esmerilada, en especial en el rubro
inmuebles, ya que las valuaciones fiscales no han seguido la evolución de los precios
internos.
Durante 2006 se prevé el pleno funcionamiento de los
regímenes de promoción de inversiones en bienes de capital y obras de
infraestructura a través de beneficios impositivos, tales como la amortización
acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada del crédito
fiscal que conformen saldos a favor en el Impuesto al Valor Agregado. Al mismo
tiempo, está en preparación la implementación del Régimen de Promoción para la
Industria del Software, aprobado por el Congreso de la Nación en 2004.
En cuanto al Impuesto al Valor Agregado, el Poder Ejecutivo ha elevado un proyecto de ley que contempla la reducción de la alícuota al 10,5% para la venta de fertilizantes, previéndose una traslación de la misma magnitud a los precios para beneficio directo del sector agropecuario.
Con el fin de transparentar y ordenar el Sistema
Nacional de Promoción No Industrial, el Ministerio de Economía y Producción ha
impulsado el dictado de un decreto de necesidad y urgencia que permite que
todos aquellos proyectos que promueven actividades agropecuarias y/o turísticas
en el marco de la Ley 22.021 y sus modificatorias puedan continuar
usufructuando los beneficios promocionales de diferimientos impositivos y
exención de Impuesto a las Ganancias, aún cuando los mismos sean el resultado
de reasignaciones y/o reformulaciones realizadas por las Autoridades de
Aplicación Provincial.
Entre los proyectos de promoción económica, muestra un
importante grado de avance el tratamiento tributario diferencial de proyectos
orientados al desarrollo y la producción de biotecnología, así como a la
investigación, desarrollo y generación de combustibles y derivados
oleoquímicos.
Por otra parte, está recibiendo tratamiento
legislativo un proyecto que ratifica la gravabilidad de las remuneraciones de
los jueces y miembros de los Organismos de Fiscalización.
Estos son los lineamientos generales a tener en cuenta
para una futura reforma tributaria, como así también para la puesta en marcha
de medidas que se orienten en ese sentido. Paralelamente, y hasta tanto quede
definida una estructura tributaria estable y duradera, se ha decidido
privilegiar el fortalecimiento de la administración
tributaria, cerrando determinadas brechas de evasión y aumentando la
responsabilidad de ciertos agentes intervinientes. Por ello, para 2006 se prevé
la aplicación del “Plan Antievasión II” formulado por el Poder Ejecutivo, que
actualmente se encuentra en etapa de aprobación legislativa.
La recaudación de
impuestos nacionales y de contribuciones de la seguridad social alcanzará en el
año 2006 los 133.148,2 millones de pesos, por lo que será 11,8% superior a la
estimada para el año 2005. En términos del PIB llegará a 22,42%, un porcentaje
levemente inferior al esperado para el año 2005.
SECTOR PUBLICO
NACIONAL
Recaudación
Total y Presión Tributaria
En millones de
pesos y en % del PIB
Concepto |
Millones de
pesos |
En % del PIB |
||
2005 |
2006 |
2005 |
2006 |
|
Ganancias |
27.178,7 |
29.751,5 |
5,17 |
5,01 |
Bienes
Personales |
1.788,3 |
1.926,8 |
0,34 |
0,32 |
IVA
Neto de Reembolsos |
34.302,0 |
38.269,6 |
6,53 |
6,44 |
Impuestos
Internos |
3.610,7 |
3.921,2 |
0,69 |
0,66 |
Ganancia
Mínima Presunta |
1.066,8 |
1.028,6 |
0,20 |
0,17 |
Derechos
de Importación |
3.633,7 |
4.315,8 |
0,69 |
0,73 |
Derechos
de Exportación |
12.991,7 |
14.983,5 |
2,47 |
2,52 |
Tasa
de Estadística |
95,0 |
112,3 |
0,02 |
0,02 |
Combustibles
Naftas |
1.711,8 |
1.748,5 |
0,33 |
0,29 |
Combustibles
Otros |
1.744,9 |
1.882,8 |
0,33 |
0,32 |
Combustibles
Fondo Vial |
1.763,5 |
1.918,9 |
0,34 |
0,32 |
Radiodifusión |
135,5 |
151,5 |
0,03 |
0,03 |
Monotributo
Impositivo |
746,2 |
833,7 |
0,14 |
0,14 |
Energía
Eléctrica |
239,2 |
362,5 |
0,05 |
0,06 |
Adicional
Cigarrillos |
398,7 |
427,5 |
0,08 |
0,07 |
Créditos
y Débitos Bancarios |
9.285,5 |
10.413,8 |
1,77 |
1,75 |
Otros
Impuestos |
421,1 |
371,0 |
0,07 |
0,08 |
Subtotal Tributarios |
101.113,6 |
112.419,5 |
19,25 |
18,93 |
|
|
|
|
|
Contribuciones |
17.933,4 |
20.728,7 |
3,41 |
3,49 |
Total |
119.047,0 |
133.148,2 |
22,66 |
22,42 |
El crecimiento proyectado en la recaudación nominal se explica, principalmente, por los aumentos proyectados en la actividad económica, el comercio exterior, los precios, el empleo y las remuneraciones. También incidirá en forma positiva la continuidad en la mejora del grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Del total de los
recursos, $94.949,7 millones corresponderán a la Administración Nacional, monto
que será 12,2% superior al que ingresará en el año 2005.
Los recursos
provenientes del impuesto a las Ganancias llegarán en el año 2006 a los
$29.751,5 millones, lo que significará un incremento de 9,5% respecto del año
anterior. En términos del PIB la recaudación registrará una leve disminución,
pasando de 5,17% a 5,01%. La variación de los ingresos se explica por los
crecimientos esperados en la actividad económica, el nivel de precios y las
remuneraciones, que se reflejarán en aumentos en
los impuestos determinados tanto por las sociedades como por las personas
físicas y en mayores ingresos provenientes de las retenciones y
percepciones practicadas en este impuesto. En sentido contrario incidirán la
postergación de los vencimientos de los anticipos de las sociedades y de las
personas físicas y de las retenciones sobre sueldos correspondientes al mes de
diciembre de 2004 -que favoreció la recaudación del año 2005- y el mayor
impacto negativo que tendrá sobre los ingresos de este gravamen el régimen
transitorio para el tratamiento fiscal de las inversiones en bienes de capital
nuevos destinados a la actividad industrial y a la ejecución de obras de
infraestructura (Ley N° 25.924).
La recaudación del
impuesto al Valor Agregado, neta de reintegros a las exportaciones, se
incrementará 11,6% respecto del año 2005, alcanzando los $38.269,6 millones. En
términos del PIB, la recaudación alcanzará el 6,44%. Los aumentos en la
actividad económica, las importaciones y los precios son las principales
razones de la variación de la recaudación. Por otro lado, en el año 2006 el ya
mencionado régimen transitorio para el
tratamiento fiscal de las inversiones en bienes de capital nuevos y el de
devolución de saldos técnicos por compras de bienes de capital (Ley N° 25.988)
tendrán un mayor efecto negativo en la recaudación de este impuesto.
Los recursos
originados en los impuestos Internos Coparticipados serán de $3.921,2 millones,
aumentando 8,6% con respecto al año 2005. Las variaciones esperadas en las
ventas de los productos gravados explican este incremento.
Los ingresos por el
impuesto a la Ganancia Mínima Presunta disminuirán 3,6%, llegando su recaudación
a los $1.028,6 millones. La caída de los recursos se debe, fundamentalmente, al
aumento en el cómputo como pago a cuenta de los impuestos a las Ganancias y
sobre los Créditos y Débitos en Cuenta Corriente.
La recaudación del
impuesto sobre los Bienes Personales crecerá 7,7%, por lo que alcanzará a
$1.926,8. Este aumento se explica por el efecto combinado del incremento de los
precios de determinados activos y el mantenimiento del monto exento.
Los ingresos
estimados por el impuesto sobre la Naftas serán de $1.748,5 millones, lo que
significará un alza de 2,1% respecto del año 2005. La recaudación del impuesto
sobre el Gas Oil y otros combustibles presentará un incremento de 7,9%. En
ambos casos, las variaciones serán consecuencia de los aumentos proyectados en
las ventas.
Los ingresos
provenientes de los impuestos que gravan el comercio exterior -Derechos de
Importación y Exportación y Tasa de Estadística- llegarán a $19.411,6 millones,
monto que será 16,1% superior al obtenido en el año 2005. Los incrementos
estimados en las exportaciones, las importaciones y el tipo de cambio nominal
son las principales causas de esta suba.
La recaudación del
impuesto sobre los Créditos y Débitos alcanzará a $10.413,8 millones,
registrando un alza de 12,2% con relación a la del año anterior, que reflejará,
básicamente, la variación nominal de la actividad económica.
Las Contribuciones a
la Seguridad Social llegarán a $20.728,7 millones, por lo que crecerán 15,6%.
El aumento de los ingresos por este concepto se explica por los incrementos
esperados tanto en los salarios nominales imponibles como en el número de
cotizantes efectivos. También incidirá en forma positiva la vigencia plena de
la eliminación del límite máximo para el cálculo de las Contribuciones Patronales.
2.3 LA ESTIMACION DE LOS GASTOS TRIBUTARIOS
2.3.1
DEFINICIONES UTILIZADAS Y CUESTIONES METODOLOGICAS GENERALES
La estimación
de los Gastos Tributarios tiene por objeto primordial aportar una mayor
transparencia a la política fiscal. Ello se consigue al realizar una
compilación de las políticas públicas que se financian a través del
otorgamiento de preferencias de carácter tributario y al estimar los montos que
el Estado deja de percibir en concepto de ingresos tributarios con el objeto de
financiar dichas políticas, en lugar de hacerlo a través de gastos directos.
Aporta, al mismo tiempo, información necesaria para medir el rendimiento
potencial del sistema tributario y el desempeño de su administración.
Sobre el alcance del
concepto de Gasto Tributario es necesario aclarar, ante todo, que la confección
de una lista de los mismos no implica efectuar juicios de valor acerca de su
justificación y que dicha lista tampoco debe tomarse como una recomendación de
medidas de política económica orientadas a aumentar la recaudación tributaria.
Se denomina Gasto
Tributario al monto de ingresos que el fisco deja de percibir al otorgar un
tratamiento impositivo que se aparta del establecido con carácter general en la
legislación tributaria, con el objetivo beneficiar a determinadas actividades,
zonas o contribuyentes. Los casos más habituales son los de otorgamiento de
exenciones, deducciones, alícuotas reducidas, diferimientos, amortizaciones
aceleradas, entre otros mecanismos.
El método utilizado
en esta medición adopta como referencia la estructura de cada impuesto
establecida en la respectiva legislación -su objeto, alícuotas, deducciones
generales, método de determinación, etc.-, para luego señalar los casos que,
estando incluidos en aquélla, son beneficiados por un tratamiento especial. En
los párrafos siguientes se mencionan algunas de las características relevantes,
a los fines de este estudio, de los principales impuestos.
El impuesto a las Ganancias grava, en el caso de las personas físicas, los rendimientos, rentas o enriquecimientos susceptibles de una periodicidad y que impliquen la permanencia de la fuente que los produce. Para las sociedades, en cambio, no se aplican los requisitos de periodicidad y permanencia de la fuente. Los ingresos se consideran netos de los gastos que se efectúen con el objeto de obtenerlos, mantenerlos y conservarlos.
Las deducciones más
importantes no fueron consideradas Gastos Tributarios ya que tienen carácter
general. Es el caso del mínimo no imponible y de las deducciones especiales por
trabajo personal, por cargas de familia, por aportes a obras sociales y a
sistemas de jubilación obligatorios y de las cuotas de planes de salud.
El impuesto al Valor
Agregado grava las ventas e importaciones de cosas muebles y las obras, locaciones
y prestaciones de servicios. Los servicios que se exceptúan o se excluyen en la
enumeración de los servicios alcanzados (art. 3º de la Ley N° 20.631 y sus
modificatorias) no fueron tomados como Gastos Tributarios pues no se
consideraron parte del objeto del tributo. Se destacan en este punto los
seguros de retiro y de vida y los contratos de afiliación a aseguradoras de
riesgos del trabajo. En cambio, las exenciones incluidas en el artículo 7º de
la citada Ley forman parte, en general, de dichos Gastos.
La exención o la
imposición a tasa reducida de los bienes y servicios que son utilizados como
insumos no son consideradas Gastos Tributarios, pues el sistema de
determinación del impuesto provoca que queden gravados en la etapa siguiente, a
la tasa que rige en esta última.
En los impuestos
específicos sobre el consumo se considera dentro del objeto del impuesto
exclusivamente a los bienes alcanzados. Por ello, el criterio para definir los
gastos tributarios es la diferencia de tratamiento impositivo en bienes o
servicios sustitutos. Este es el criterio adoptado con las bebidas
analcohólicas (con y sin jugo de frutas) y en los combustibles (naftas, gasoil
y gas natural comprimido).
Las estimaciones no
tienen en cuenta el efecto que sobre la economía de las actividades
involucradas y, por ende, sobre su continuidad o nivel futuro, tendría la
eliminación o reducción del beneficio tributario. Ello implica que su supresión
no necesariamente generará recursos adicionales por el monto de gasto
tributario. De todas maneras, se puede suponer que existirá una ganancia fiscal
por el uso alternativo gravado de los recursos dedicados a la actividad
beneficiada.
En muchos de los casos considerados existe una marcada carencia de la información necesaria para efectuar cálculos de aceptable nivel de confiabilidad. A estas falencias informativas habituales se les suman los efectos de la fuerte modificación de los precios relativos que acompañó a la finalización del régimen de convertibilidad monetaria. Este cambio complicó significativamente la elaboración de los cálculos de muchos ítems -que se efectuaban con base en la estructura de precios previa a la devaluación de la moneda - y elevó el margen de error contenido en ellos.
En función de las
mencionadas limitaciones, las cifras que se presentan deben ser consideradas
como estimaciones de aceptable confiabilidad del orden de magnitud de la
pérdida de recaudación producida por el otorgamiento de los beneficios
tributarios.
Se adoptó como
criterio general que las estimaciones estuvieran dirigidas a obtener valores de
mínimo Gasto Tributario, a los efectos de no sobrestimar las ganancias de
recaudación que se obtendrían de la eventual eliminación o reducción del
tratamiento especial. Con el mismo objetivo, en el cálculo se tuvo en cuenta la
tasa de evasión que se presume existe en cada tributo.
En todos los ítems de
los cuadros anexos en los que figura la leyenda “sin datos”, se estima que el
Gasto Tributario no alcanza montos considerables. Esta leyenda también se utiliza
en los casos en que, si bien existe alguna información sobre el ítem, la misma
sugiere que el gasto involucrado no es de significación.
Los beneficios se
exponen según los impuestos cuya recaudación afectan y, dentro de cada uno de
ellos, en función de si son establecidos en la ley de cada tributo o si se
originan en la legislación de los diversos regímenes de promoción económica.
Las estimaciones
fueron efectuadas con información proporcionada por los siguientes organismos:
Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos; Secretaría de Energía; Secretaría de
Finanzas; Secretaría de Hacienda; Secretaría de Industria, Comercio y de la
Pequeña y Mediana Empresa Secretaría de Minería; Secretaría de Política
Económica; Administración Federal de Ingresos Públicos; Instituto Nacional de
Estadísticas y Censos y Banco Central de la República Argentina.
2.3.2 LOS GASTOS TRIBUTARIOS EN EL AÑO 2006.
El monto de Gastos Tributarios estimado para el año 2006 alcanza a $13.329 millones, que equivale a 2,24 del PIB y al 10,0% de la recaudación de impuestos nacionales proyectada para ese año. De ellos, $8.995 millones corresponden a tratamientos establecidos en las leyes de los respectivos impuestos y $ 4.334 millones a beneficios otorgados en los diversos regímenes de promoción económica.
El monto estimado coincide, en porcentaje del PIB, con el calculado para el año 2005. Al igual que en el corriente año se elevará la participación de los Gastos Tributarios originados en los regímenes de promoción, como consecuencia de la creación de los regímenes de inversiones de bienes de capital nuevos y obras de infraestructura (Ley N° 25.924) y de devolución del saldo técnico en el IVA por compras de bienes de capital (Ley N° 25.988).
El impuesto al Valor Agregado soportará el 55% de los Gastos Tributarios, con un monto de $ 7.308 millones, equivalentes a 1,23% del PIB y al 18% de la recaudación proyectada para el tributo, antes de la deducción de los reintegros a la exportación. De ese monto, el 65% se origina en las exenciones y alícuotas reducidas establecidas en la ley del tributo y el resto, $ 2.546 millones, es consecuencia de los beneficios otorgados por diversos regímenes de promoción económica.
Los
Gastos Tributarios que afectan al impuesto a las Ganancias -20% del total-
alcanzarán a $ 2.672 millones (0,45% del PIB). Los más importantes beneficios
en este tributo corresponden a las exenciones de las entidades sin fines de
lucro y el régimen de amortización acelerada establecido por la Ley N° 25.924.
En las Contribuciones
de la Seguridad Social el Gasto Tributario más importante corresponde a la
reducción de las Contribuciones Patronales por zona geográfica, beneficio que
al tener la forma de un pago a cuenta en el IVA afecta la recaudación de ese
impuesto.
En el impuesto sobre
los Combustibles estos Gastos se estiman en $ 1.003 millones, originándose,
principalmente, en las diferencias entre los impuestos que gravan a las naftas,
por un lado, y al gasoil (sólo se considera el consumo de automóviles) y al gas
natural comprimido.
2.3.3 MODIFICACIONES A
LA ESTIMACION DE LOS GASTOS TRIBUTARIOS EN EL PERIODO 2004 - 2006
En la estimación de los Gastos Tributarios 2004-2006
se han introducido una serie de modificaciones con relación a la estimación
efectuada para el período 2003-2005, que se incluyó en el mensaje del
presupuesto del año 2005. Las modificaciones son las siguientes:
-
Se eliminó de la lista de Gastos
Tributarios la exención en el impuesto a las Ganancias de los intereses de
préstamos otorgados por organismos internacionales. La eliminación de esta
exención se justifica por el hecho que la misma no tiene como objetivo la
financiación de una política pública determinada -que es el criterio básico que
debe cumplir cualquier tratamiento impositivo especial para ser considerado
Gasto Tributario- sino que se origina en la imposibilidad de cobrar impuestos a
estos organismos establecida en los acuerdos internacionales firmados por el nuestro país.
-
Con el mismo fundamento se eliminó
de la lista de Gastos Tributarios la exención en el impuesto a las Ganancias de
los ingresos de las instituciones internacionales sin fines de lucro.
-
El criterio establecido en el punto
1 implica también que no son Gastos Tributarios las exenciones tributarias que
benefician al Estado, pues sólo tienen por objeto simplificar la administración
financiera pública. Por ello se eliminaron los casos que estaban incluidos en
el informe anterior.
-
Se unificó la estimación de las
exenciones en el impuesto a las Ganancias de las asociaciones civiles,
fundaciones, mutuales y cooperativas, que el año anterior se presentaban
desagregadas. La razón de esta modificación es que no se dispone de información
que permita realizar estimaciones con la desagregación que se utilizaba hasta
el año pasado, considerándose por ello más apropiado presentar el gasto
tributario de estas exenciones en forma conjunta.
-
Finalmente, las estimaciones de los
Gastos Tributarios en el impuesto sobre los Combustibles -originados en la
diferente imposición que soporta cada combustible- se adecuaron a la
sustitución de los impuestos de suma fija por litro, por una de tributos
ad-valorem, que está vigente desde agosto de 2003.
2.4. EL FINANCIAMIENTO Y EL SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA
En cuanto a la deuda
pública, el objetivo central de la política financiera del Gobierno para el
año 2006 es continuar con el restablecimiento del crédito público afectado por
la crisis registrada a partir del año 2001.
El normal funcionamiento del sistema financiero y del
mercado de capitales es una condición necesaria para el crecimiento de la
actividad económica. Por otra parte, la normalización del acceso al crédito
permitirá atender los vencimientos de la deuda del sector público de los
próximos años al tiempo que facilitará al sector privado el acceso a los
recursos necesarios para sus actividades productivas.
Para el logro de dicho objetivo es fundamental la
normalización de los pagos de la deuda. En este sentido, se ha llevado a cabo
un proceso de reestructuración de la deuda instrumentada en títulos públicos
que ha finalizado en junio de 2005, con un nivel de aceptación de un 76% de los
acreedores y con elevados valores en la mayoría de las plazas financieras
mundiales.
Como resultado del canje se ha logrado reducir el
stock de la deuda en U$S 67.305 millones, pasando de U$S 102.566 millones en
diciembre de 2004 (stock de deuda elegible e intereses devengados y no pagados
a partir del 31 de diciembre de 2001 por U$S 81.836 millones y U$S 20.730
millones, respectivamente) a U$S 35.261 millones, que es el monto total emitido
de deuda nueva (valor nominal al 31 de diciembre de 2003). Ésta se ha
distribuido en Bonos Par por U$S 15.000 millones, bonos Descuento por U$S
11.932 millones y bonos Cuasi-Par por U$S 8.329 millones.
Esta operación permite compatibilizar el costo de los
servicios de la deuda con las reales posibilidades de pago, en un contexto de
crecimiento económico -algo que se ve reflejado en un ratio de servicios de
intereses sobre el PBI de 2% y sobre exportaciones de 9%- al mejorar el perfil
de vencimientos y disminuir, consecuentemente, la vulnerabilidad frente a
shocks externos. Estas mismas consideraciones han sido resaltadas por las
agencias calificadoras de crédito como efectos positivos que el canje ha tenido
para la sustentabilidad económica del país.
Durante 2005 la principal fuente de financiamiento del
Gobierno provino de los recursos del superávit primario. Asimismo, la
asistencia financiera del Banco Central dentro de los límites establecidos en
su carta orgánica permitió cancelar pagos del servicio de la deuda con los
Organismos Internacionales de Crédito. Durante los primeros cinco meses del año
los pagos netos a dichas instituciones han alcanzado los U$S 2.754 millones.
El programa de emisión de deuda para 2005 fue establecido
por la Resolución N° 171 del Ministerio de Economía y Producción y las
Resoluciones Conjuntas N° 27 de la Secretaría de FinanzasHacienda y N° 62 de la Secretaría de HaciendaFinanzas,
todas ellas de 2005, fijándose montos máximos de emisión de $ 3.000 millones de
valor nominal para los Boden 2014 y de U$S 1.000 millones de valor nominal para
los Boden 2012. De acuerdo a estos lineamientos, el objetivo del programa es la
obtención de fondos para el cumplimiento de los compromisos financieros en un contexto
de reducción neta progresiva de la deuda pública.
En el marco de estas normas, y a partir de la
confianza generada por el éxito de la reestructuración, los inversores han
comenzado a demandar nuevamente activos financieros emitidos por el Gobierno
Nacional, lo que ha permitido el reinicio de las colocaciones en el mercado de
capitales doméstico. Entre los meses de mayo y agosto del corriente año
se realizaron licitaciones de Boden 2014 en pesos
por $3.000 millones (con un costo financiero que se ubicó entre 6,5% y 5,2% más CER) y Boden
2012 en dólares por U$S792 millones (con tasas entre 7,83% y 7.84%). Adicionalmente,
la República de Venezuela suscribió Boden 2012 por un monto de U$S557 millones.En el mes de
mayo del corriente año se ha realizado una colocación de $ 1.000 de valor
nominal a un costo financiero de 6,51 % más CER.
A partir de las medidas mencionadas anteriormente, la
política de financiamiento para el año 2006 estará sustentada en el superávit
primario así como en la profundización de las operaciones de crédito en el
mercado doméstico iniciadas durante 2005 a los fines de cumplir con los
compromisos por vencer dentro del período, fundamentalmente Bodenes, Préstamos
Garantizados y la nueva deuda reestructurada. Asimismo, se continuará
percibiendo financiamiento del Banco Central.
Dentro del Programa Financiero del Sector Público, y
siguiendo los lineamientos establecidos en el modelo de sustentabilidad, se
incorporaron desembolsos de los Organismos Internacionales de Crédito que permiten
financiar parte de los vencimientos con los mismos. Esto refleja la política de
las autoridades nacionales de mantener un acuerdo con dichas instituciones que
permita continuar con el proceso de desendeudamiento, juntamente con una
política económica que fomente el crecimiento con equidad.
En lo que respecta a la relación con los organismos internacionales de crédito y las
entidades que participan en operaciones crediticias bilaterales, la política
apunta a fortalecer la presencia argentina en los mismos y aumentar la
inserción de nuestro país, tanto a nivel interregional como regional, con el
objeto de mantener un marco favorable en la negociación del financiamiento de
programas y proyectos. En la relación con el Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento (BIRF), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID),
el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), la
Corporación Andina de Fomento (CAF) y entidades financieras bilaterales, se
priorizará la reactivación productiva del sistema económico, el financiamiento
de los sectores sociales y la inversión en infraestructura básica.
Asimismo, se dará continuidad a la modalidad de
préstamos directos a provincias y a la política de mejorar la eficiencia fiscal
en esta materia en la relación Nación-Provincias, dando prioridad a los
proyectos de infraestructura de integración regional, en el marco de la
Iniciativa para la Integración de la Infraestructura Regional de Sudamérica
(IIRSA).
Con el
objeto de contribuir al desarrollo del sector privado, se dará prioridad al
cumplimiento de los compromisos asumidos oportunamente por la República
Argentina ante la Corporación Financiera Internacional, la Corporación
Interamericana de Inversiones y el Fondo Multilateral de Inversiones, considerando
que nuestro país es uno de los principales beneficiarios de estas
instituciones.
En relación
con los organismos financieros de los cuales nuestro país es miembro no
prestatario (BCIE, BAD), se continuarán estableciendo vínculos comerciales con
las distintas regiones con el propósito de promover el comercio exterior y
permitir a las empresas argentinas participar de los procesos licitatorios de
los proyectos financiados por estos organismos.
En materia de administración de flujos financieros,
la política se dirigirá a privilegiar la
seguridad del movimiento de capitales de los organismos de financiamiento hacia
la Argentina y viceversa, asegurando la fluidez del financiamiento de
proyectos.
Con relación a las auditorías de proyectos con
financiamiento de organismos internacionales de crédito, se continuará en el
proceso de reducción de atrasos incurridos por las unidades ejecutoras en la
presentación de estados contables y se privilegiará la labor de la Auditoría
General de la Nación (AGN) en la emisión de sus informes por sobre las
consultoras privadas.
2.5. EL GASTO PUBLICO Y SUS PRIORIDADES
2.5.1. LOS GASTOS PRIORITARIOS
La
experiencia actual en el mundo señala que factores de tipo estructural, como
capital humano, solidez financiera, e infraestructuras públicas, tienen una
correlación positiva con el crecimiento económico y que, por el contrario, las
altas tasas de inflación, los fuertes desajustes de los tipos de cambio y la
ausencia de responsabilidad fiscal han producido efectos negativos sobre la
actividad económica.
En
Argentina, el comportamiento observado en el sector público y las crisis
fiscales desde fines de los 80 han convertido a las finanzas públicas en un
tema que merece especial consideración. Una política fiscal que incluyó elevados
niveles de déficit y de gasto provocó problemas de tipo inflacionario, crisis
de balanza de pagos y de deuda externa y restricciones al desenvolvimiento del
sector privado. Sin embargo, la reducción de los déficit fiscales, esencial
para asegurar la estabilidad, no es suficiente para garantizar el crecimiento
económico.
Un hecho que no puede dejar de señalarse es el
cambio de concepción que se ha verificado con relación al rol del sector
público. Efectivamente, si en la década de los 90 se transitó desde una
concepción en la que el sector público era un factor protagónico en el
desarrollo económico a la idea de que más bien sería un obstáculo, la
superación del estado ausente no debe entenderse como un movimiento pendular
hacia el pasado. En esta nueva etapa, cabe al Estado un rol articulador que
promueva prácticas de cooperación entre la esfera pública y la privada. Un
aspecto esencial de la misma parte del reconocimiento del papel del mercado en
la organización económica pero acompañado de un sector público capaz de
armonizar el crecimiento económico con la equidad social.
Se trata de instalar como idea central que la
solución a los problemas de la pobreza no se alcanza desde las políticas
sociales sino, principalmente, desde las políticas económicas, donde estas
últimas, no cobran la significatividad de un desplazamiento de la actividad
privada sino la presencia del necesario complemento de un sector público
eficiente, dinámico y con alta calidad institucional.
El sector público en este nuevo rol fija como
garantía para la estabilidad y el crecimiento económico y social un sano
principio de gobernabilidad fiscal asentado en el sostenimiento del superávit
primario de las cuentas públicas, para ello la gestión de gobierno debe
descansar por un lado en una creciente eficiencia asignativa y de control del
gasto y por otra parte, en el fortalecimiento institucional de las políticas
públicas a través de un creciente compromiso con los resultados que la sociedad
demanda alcanzar.
Un carácter relevante adquiere la consideración de
los aspectos básicos de las finanzas públicas. Se trata de encontrar medios
apropiados para formular y aplicar políticas en este campo. La combinación de,
por ejemplo, un mayor gasto público y una obtención de mayores ingresos debe considerar
los aspectos referidos a cómo se asignan los gastos y como se obtienen los
recursos.
Un
hecho que no puede dejar de señalarse es el cambio de concepción que se ha
verificado con relación al rol del sector público. Efectivamente, en la década
de los 90 se ha transitado de una concepción en la que el sector público era un
factor protagónico en el desarrollo económico a la idea de que más bien sería
un obstáculo, para, actualmente, volver hacia el enfoque inicial, pero depurado
(superávit fiscal y actividad empresaria limitada a sectores estratégicos,
entre otras).
Es
necesario enfatizar la necesidad de considerar los aspectos
básicos
de las finanzas
públicas. Se trata de encontrar medios apropiados para formular y aplicar
políticas en este campo. La combinación de, por ejemplo, un mayor gasto público
y una obtención de mayores ingresos debe considerar los aspectos referidos a la
asignación de los gastos y a cómo se obtienen los recursos.
La
decisión de cuántos bienes se proveerán por el Estado y por cuáles mecanismos se habrá de
llevar a cabo la acción
redistributiva y compensatoria de las políticas públicas no tiene una respuesta
única. El criterio será la búsqueda de mayor eficiencia y la asignación del
gasto público atendiendo áreas de mayor prioridad, relegando en términos
relativos aquellas que no son tales.
En
relación a estos aspectos el presupuesto desempeña una labor insustituible. Si
bien las exigencias de la estabilización económica contribuyen a este atributo
del presupuesto, conforme se revitaliza la función asignativa y distributiva de
la política fiscal, el presupuesto cobra una importancia creciente para el
análisis de opciones y alternativas que permitan el mejor uso de los recursos
públicos. Para ello se requiere definir las prioridades del gobierno y asignar
recursos en conformidad con objetivos, formulando políticas y decidiendo
niveles de gasto para cada área pública.
El Gobierno Nacional en el “Informe de Argentina
sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio” (Octubre 2003) ha propuesto una
guía orientadora para dar continuidad a la gestión de las políticas estatales
por los sucesivos gobiernos. Los Objetivos de Desarrollo del Milenio para
Argentina son:
El
Gobierno Nacional ha elaborado el “Informe de Argentina sobre los Objetivos de
Desarrollo del Milenio” (Octubre 2003). Este documento intenta ser una guía
orientadora para dar continuidad a la gestión de las políticas estatales por
los sucesivos gobiernos. Los Objetivos de Desarrollo del Milenio para Argentina
son:
1.
Erradicar la Pobreza Extrema y el Hambre
2.
Alcanzar la Educación Básica Universal
3.
Promover el Trabajo Decente
4.
Promover la Igualdad de Género
5.
Reducir la Mortalidad Infantil
6.
Mejorar la Salud Materna
7.
Combatir el HIV, la Tuberculosis y el Chagas
8.
Asegurar un Medio Ambiente Sostenible
Las finanzas públicas en su concepción tradicional
planteaban los objetivos del desarrollo en general en términos de crecimiento y
equidad. En los años recientes, especialmente a causa de crisis económicas, se
ha producido un cambio de percepción poniendo énfasis en la reducción de la
pobreza como meta prioritaria, asignando un papel preponderante al gasto social
más urgente (asistencial) para reducir la pobreza.
En esas
circunstancias, aunque es preciso asignar recursos a conceptos del gasto que
contribuyan a la protección social (subsidios por desempleo, planes
alimentarios, entrega de medicamentos, etc.) es contraproducente hacerlo en
desmedro de otras categorías de gastos claves en el desarrollo económico y
social.
Es
deseable mantener un balance entre la asignación para gastos sociales y para
otros destinos, como por ejemplo, la infraestructura, la educación, la ciencia
y tecnología (inversión en capital físico y humano y conocimiento), que inciden
positivamente sobre el crecimiento económico sostenible a largo plazo que, por
ende, redunda en una reducción permanente de la pobreza. En el plano
internacional, existe cierto grado de consenso en que los gastos en
investigación y desarrollo, educación e inversión en infraestructura son más productivos
que otros.
El
Presupuesto Nacional se encuentra en esa senda. No obstante, es importante
considerar que la priorización de gastos no puede ignorar la restricción
financiera que imponen las pautas fiscales para permitir una evolución
sustentable de las finanzas públicas: un significativo superávit primario del
orden del 3% del PIB y un resultado financiero también superavitario, con una
regularización de la atención de los servicios de la deuda.
Es de
público conocimiento que la crisis de los años 2001-2002 exacerbóo
los niveles extremos de pobreza extremos
ha llevado ade vastos sectores de la población a
niveles extremos de pobreza. Por ello el Gobierno Nacional se
propuso, en el marco de la política de
gasto público para el año 2003, continuar con las medidas implementadas a
través del Plan de Emergencia Social,
a fin de superar la situación de riesgo colectivo originada por las graves
circunstancias económicas y sociales. Para ello aumentaron los gastos
respectivos.
El Plan de
Emergencia Social se integró básicamente por el Plan Jefes y Jefas de Hogar ejecutado por el Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social; el Programa
de Emergencia Sanitaria, a cargo del Ministerio de Salud y el Programa de Emergencia Alimentaria,
ejecutado por el Ministerio de Desarrollo Social.
Adicionalmente
se definieron gastos prioritarios para
el año 2003 a aquellos relacionados con la ciencia y tecnología y las economías
regionales. En tal sentido, el presupuesto proyectado asignó refuerzos
especiales con relación al promedio general de ajuste de gastos.
En el
marco de la política de gasto público
para el año 2004 el Gobierno Nacional se propuscuróo
continuar con la implementación de medidas tendientes a superar la situación de
riesgo colectivo originado por las graves circunstancias económicas y sociales
atravesadas por el país.
Con ese
objetivo, en el presupuesto nacional se continuó dando prioridad a los gastos sociales, en ciencia y tecnología, y a las asignaciones que tuvieran un efecto
positivo en las economías regionales.
Es decir, para la elaboración del presupuesto para el año 2004 se contemplaron
especialmente los requerimientos provenientes de dichas áreas con relación al
nivel general de gastos que se previó factible satisfacer dentro de la restricción
financiera y las metas fiscales a cumplir en el ejercicio. Asimismo, se previó
atender compromisos con las provincias originados en Pactos Federales y
Convenios Bilaterales.
A medida que
se fue superando la crisis económica, social y fiscal que se precipitara en
2001-2002 el presupuesto se encontró en condiciones de atender una gama más
amplia de objetivos de gobierno, contrario
sensu al inicio de la crisis donde hubo que concentrar los escasos recursos
fiscales en muy pocos y focalizados objetivos prioritarios, entre los que se
destacaron los programas de emergencia social.
En ese
marco, la política de gasto público para el año 2005
previó destinar recursos prioritariamente a la mejora del poder adquisitivo previsional y salarial, al desarrollo de infraestructura económica y
social, con especial énfasis en las obras
vinculadas al sector energético, al Plan
Estratégico de Justicia y Seguridad 2004-2007 y a la ciencia y tecnología, sosteniendo al mismo tiempo las asignaciones
presupuestarias orientadas a mitigar los efectos sociales de la crisis
económica.
En continuidad con las prioridades de gasto público
asignadas en los últimos tres años, las previsiones
presupuestarias para 2006 contemplan los gastos destinados a educación,
ciencia y tecnología; infraestructura económica y social; y a mejorar la
distribución del ingreso, como ser salarios, jubilaciones y pensiones y
subsidios a tarifas de servicios públicos.
En lo que respecta a la educación, la ciencia y la tecnología, la prioridad presupuestaria
se enmarca en el Proyecto de Ley de Financiamiento Educativo elevado
recientemente por el Gobierno Nacional al Congreso de la Nación. Dicho Proyecto
apunta a incrementar entre los años 2006 y 2010 la inversión en educación,
ciencia y tecnología, así como a mejorar la eficiencia en el uso de los
recursos a fin de garantizar la igualdad de oportunidades de aprendizaje,
favorecer la calidad de la enseñanza y fortalecer la investigación
científico-tecnológica, reafirmando el rol estratégico del área para el desarrollo
económico y socio-cultural del país. En este marco, el Proyecto prioriza
asimismo la aplicación de la inversión a ciertos objetivos específicos, entre
los que se destacan los vinculados al cumplimiento de los Objetivos y Metas de
Desarrollo del Milenio para Argentina antes mencionados.
El
Proyecto prevé que el presupuesto consolidado de los Estados Nacional,
Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinado a educación,
ciencia y tecnología aumente progresivamente hasta alcanzar en 2010 una
proporción del 6% del PIB. Para ello establece un cronograma de la proporción
que debería registrarse cada año entre el gasto y el PIB. Asimismo,
dispone las participaciones correspondientes al Estado Nacional (40%) y a las
Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (60%) en el esfuerzo de
inversión adicional para cada año a fin de alcanzar la meta prevista.
Adicionalmente, el Proyecto propone la creación de un Programa Nacional
de Compensación Salarial Docente destinado a garantizar la igualdad en el salario inicial docente en
todas las jurisdicciones del país.
La
prioridad presupuestaria asignada a la educación, la ciencia y la tecnología se
expresa también en la reciente aprobación de la Ley N° 26.058 de Educación
Técnico Profesional, cuyo objeto es regular y ordenar la Educación
Técnico-Profesional en el nivel medio y superior no universitario del Sistema
de Educación Nacional y la Formación Profesional, respetando los criterios
federales y las diversidades regionales, y promoviendo el aprendizaje de
capacidades, conocimientos, habilidades, destrezas, valores y actividades
relacionadas con la materia. En cuanto al financiamiento, la norma crea el Fondo
Nacional para la Educación Técnico-Profesional, integrado por un monto anual no
inferior al 0,2% del total de los ingresos corrientes previstos en el
Presupuesto Anual Consolidado para el Sector Público Nacional. Para el
ejercicio 2006 los recursos del Fondo ascenderían a la suma de $ 264 millones.
Teniendo en cuenta estas consideraciones, este
Proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Nacional
para el ejercicio 2006 prevé un incremento del gasto destinado a educación,
ciencia y tecnología de aproximadamente $ 1.719 millones. Según se
observa en el cuadro adjunto, la participación más importante tanto en materia
de educación como de ciencia y tecnología corresponde al Ministerio de
Educación, Ciencia y Tecnología y sus organismos descentralizados.
Adicionalmente, en el caso de la educación, la inclusión de jurisdicciones
tales como el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior obedece a que
en el ámbito de las mismas se realizan actividades de formación y capacitación
de las distintas fuerzas de defensa y de seguridad nacionales, respectivamente.
Gastos destinados a Educación, Ciencia y Técnica
En millones de pesos
CONCEPTO |
2004(2) |
2005 |
2006 |
Variación 2006/2005 |
|
|
|
|
Mill. $ |
% |
|
Educación(1) |
4.129,3 |
5.470,6 |
6.953,9 |
1.483,3 |
27,1 |
01 – Poder Legislativo Nacional |
33,5 |
39,3 |
44,1 |
4,8 |
12,1 |
20 – Presidencia de la Nación |
7,6 |
12,8 |
16,8 |
4,0 |
31,4 |
25 – Jefatura de Gabinete de Ministros |
38,4 |
53,7 |
68,2 |
14,6 |
27,1 |
30 – Ministerio del Interior |
87,8 |
116,3 |
193,6 |
77,3 |
66,4 |
40 – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos |
10,5 |
11,3 |
14,1 |
2,8 |
24,6 |
45 – Ministerio de Defensa |
308,8 |
457,5 |
513,9 |
56,4 |
12,3 |
56 – Ministerio de Planificación Federal, Inv.
Pública y Serv. |
5,3 |
172,6 |
288,5 |
116,0 |
67,2 |
70 – Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología |
3.636,3 |
4.606,9 |
5.254,4 |
647,6 |
14,1 |
91 – Obligaciones a cargo del Tesoro(3) |
1,0 |
0,2 |
560,2 |
560,0 |
- |
Ciencia
y Técnica(4) |
894,1 |
1.238,6 |
1.498,3 |
259,7 |
21,0 |
35 – Ministerio de Relaciones Exteriores, Com. Inter.
y Culto |
47,4 |
60,5 |
93,5 |
33,0 |
54,5 |
50 – Ministerio de Economía y Producción |
226,2 |
328,6 |
438,3 |
109,7 |
33,4 |
56 – Ministerio de Planificación Federal, Inv.
Pública y Serv. |
126,9 |
160,1 |
187,0 |
27,0 |
16,9 |
70 – Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología |
468,2 |
649,8 |
736,5 |
86,7 |
13,3 |
80 – Ministerio de Salud y Ambiente |
25,3 |
39,6 |
43,1 |
3,4 |
8,7 |
Otras
Funciones |
61,7 |
88,1 |
63,9 |
-24,3 |
-27,5 |
70 –
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología |
61,7 |
88,1 |
63,9 |
-24,3 |
-27,5 |
Total
Gastos Corrientes y de Capital |
5.085,1 |
6.797,3 |
8.516,1 |
1.718,8 |
25,3 |
Aplicaciones Financieras |
9,4 |
10,1 |
10,3 |
0,2 |
1,6 |
TOTAL |
5.094,5 |
6.807,5 |
8.526,4 |
1.719,0 |
25,3 |
TOTAL en % PIB |
1,14 |
1,30 |
1,44 |
|
|
(1) Incluye el gasto de las Bibliotecas Nacional y
del Congreso de la Nación.
(2) Gasto devengado.
(3) Corresponde a las previsiones comprendidas en
el Proyecto de Ley de Financiamiento Educativo.
(4) Excluye el gasto del Instituto Geográfico
Militar.
En materia de ciencia y técnica, se destacan
fundamentalmente las actividades de Investigación, Innovación y Transferencia
de Tecnologías que desarrolla el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria
(INTA) y de Desarrollo y Competitividad Industrial a cargo del Instituto
Nacional de Tecnología Industrial (INTI), ambos en el ámbito del Ministerio de
Economía y Producción. Asimismo, es importante la participación del Ministerio
de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, explicada por la
participación de la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONEA), que
desarrolla actividades de Desarrollo de Tecnología Nuclear, Investigación y
Formación de Recursos Humanos en Ciencias Básicas. En el caso del Ministerio de
Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto su participación en
ciencia y técnica se explica fundamentalmente por las actividades de Generación
de Ciclos de Información Espacial Completos que desarrolla la Comisión Nacional
de Actividades Espaciales (CONAE).
En continuidad con la política para el ejercicio
actual, en el Presupuesto Nacional para el año 2006 se ha dado prioridad al
financiamiento de la infraestructura
básica y social y, en general, de la inversión que en sentido amplio
contribuye al fomento del crecimiento económico y social, en el entendimiento
de que la inversión pública debe acompañar y potenciar a la inversión privada.
Con ese criterio, en el cuadro siguiente se
desagregan las funciones a las que se destina prioritariamente la inversión
pública nacional que se presupuesta para el próximo ejercicio.
INFRAESTRUCTURA ECONOMICA Y SOCIAL POR FUNCION |
2004(1) |
2005 |
2006 |
Variación 2006/2005 |
|
Mill. $ |
Mill. $ |
Mill. $ |
Mill. $ |
% |
|
- Energía,
Combustibles y Minería |
1.203,6 |
1.717,4 |
3.152,0 |
1.434,6 |
83,5 |
-
Transporte |
1.826,0 |
2.824,7 |
3.381,6 |
556,9 |
19,7 |
- Vivienda
y Urbanismo |
1.121,3 |
2.008,8 |
2.610,3 |
601,5 |
29,9 |
-
Educación y Cultura |
168,3 |
425,6 |
699,2 |
273,5 |
64,3 |
- Ecología
y Medio Ambiente |
194,1 |
407,0 |
564,9 |
158,0 |
38,8 |
- Agua
Potable y Alcantarillado |
279,6 |
327,6 |
435,7 |
108,1 |
33,0 |
- Ciencia
y Técnica |
114,6 |
241,4 |
309,8 |
68,4 |
28,3 |
TOTAL |
4.907,5 |
7.952,5 |
11.153,5 |
3.201,0 |
40,3 |
(1) Gasto devengado
Como puede observarse, el mayor incremento se
registra en el sector de energía, combustible y minería, en el ámbito del cual
gravitan en el ejercicio 2006 la creación del Programa para el Desarrollo
Integrador del Norte Grande, la ejecución de la política de energía eléctrica,
los Fondos Eléctrico de Desarrollo del Interior (FEDEI) y Unificado Eléctrico,
el desarrollo de energías renovables en mercados rurales y la asistencia
financiera a empresas públicas del sector de energía y minería.
En el área del transporte, se destacan el Sistema
de Contratos de Recuperación y Mantenimiento (CReMa), las obras de mejoramiento
y reposición de diversas rutas y las obras vinculadas a pasos fronterizos y
corredores de integración a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad.
Explican adicionalmente la asignación al sector los proyectos que se realizarán
en el marco del mencionado Programa para el Desarrollo Integrador del Norte
Grande por parte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios, así como el desarrollo de infraestructura en el ámbito de las
concesiones viales a cargo del Órgano de Control de Concesiones Viales
(OCCOVI).
En materia de vivienda y urbanismo, la importancia
de la asignación deriva del inicio durante 2006 de acciones sobre la emergencia
habitacional, así como de la continuidad de las actividades vinculadas a los
Planes Federales de Vivienda, el mejoramiento de barrios y el mejoramiento
habitacional. También resulta significativo para el área el incremento de los
recursos del Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI).
Cabe aclarar que se ha tomado un concepto de
"infraestructura económica y social" que no abarca la totalidad del
gasto de inversión pública nacional correspondiente a las finalidades Servicios
Económicos y Servicios Sociales, sino una parte considerada prioritaria en los
términos explicitados precedentemente.
INFRAESTRUCTURA ECONOMICA Y SOCIAL |
2004(1) |
2005 |
2006 |
Variación 2006/2005 |
|
Mill. $ |
Mill. $ |
Mill. $ |
Mill. $ |
% |
|
- Administración Nacional |
4.652,7 |
7.341,9 |
9.994,5 |
2.652,6 |
36,1 |
-
Inversión Real Directa |
1.325,7 |
2.373,4 |
3.436,4 |
1.063,1 |
44,8 |
-
Transferencias de Capital |
2.215,9 |
3.980,8 |
5.314,7 |
1.333,9 |
33,5 |
-
Concesión de Préstamos y Aportes de Capital |
1.111,1 |
987,7 |
1.243,4 |
255,7 |
25,9 |
- Fondos Fiduciarios |
254,8 |
610,6 |
1.159,0 |
548,4 |
89,8 |
- Fondo
Fiduciario de Infraestructura Hídrica |
177,0 |
367,2 |
531,4 |
164,2 |
44,7 |
- Fondo
Fid. para el Transporte Eléctrico Federal |
77,8 |
243,4 |
627,6 |
384,3 |
157,9 |
TOTAL |
4.907,5 |
7.952,5 |
11.153,5 |
3.201,0 |
40,3 |
(1) Gasto devengado
Asimismo, el concepto de inversión pública nacional
considerado involucra tres componentes: la inversión real directa de la
Administración Nacional, el financiamiento de la inversión por parte de la
Administración Nacional a través de transferencias de capital y el
financiamiento de la inversión por parte de los fondos fiduciarios del Sector
Público Nacional. A este concepto se agrega la concesión de préstamos y los
aportes de capital a empresas presupuestados en la Administración Nacional para
2006, fundamentalmente con el objeto de promover el desarrollo de
infraestructura del sector energético.
Por
último, se ha dado prioridad a aquellos gastos que contribuyen a mejorar
la distribución del ingreso,
como ser salarios, jubilaciones y pensiones y subsidios a tarifas de servicios
públicos.
Con respecto a los gastos salariales y previsionales el Gobierno Nacional en el
transcurso del ejercicio 2005, dictó un conjunto de medidas, que se describen
en párrafos posteriores del presente apartado, orientadas a recuperar el poder
adquisitivo de las jubilaciones, pensiones y salarios del Sector Público
Nacional. Estas medidas impactan sensiblemente en la programación de los gastos
del Presupuesto de la Administración Nacional para el próximo ejercicio.
GASTOS PREVISIONALES Y SALARIALES
|
2004(1) |
2005 |
2006 |
Variación
2006/2005 |
|
Mill. $ |
Mill. $ |
Mill. $ |
Mill. $ |
% |
|
- Jubilaciones y Pensiones |
21.492,3 |
25.494,7 |
28.768,0 |
3.273,3 |
12,8 |
- Gastos en Personal |
9.514,8 |
11.421,4 |
13.021,7 |
1.600,3 |
14,0 |
. Adm. Nacional |
7.789,2 |
9.400,2 |
10.842,0 |
1.441,8 |
15,3 |
. Otros Entes del SPN |
1.725,6 |
2.021,1 |
2.179,7 |
158,6 |
7,8 |
- Transferencias vinculadas a Salarios |
2.288,3 |
2.824,2 |
3.136,0 |
311,7 |
11,0 |
- Fondo Nacional de Incentivo Docente |
1.136,5 |
1.314,7 |
1.318,0 |
3,3 |
0,3 |
TOTAL |
34.431,9 |
41.055,0 |
46.243,7 |
5.188,7 |
12,6 |
(1) Gasto devengado
Los Gastos en Personal corresponden al personal de
planta y contratado de la Administración Nacional (Administración Central,
Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social) y de otros
entes del Sector Público Nacional (mayoritariamente AFIP, el PAMI, el Instituto
Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, el Instituto Nacional de la Yerba Mate
y la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y
Pensiones), mientras que el resto de los conceptos detallados se corresponde
con transferencias que desde la Administración Nacional se realizan para la
atención de: jubilaciones, retiros y pensiones; gastos salariales
correspondientes al Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID); y
transferencias vinculadas a salarios (universidades nacionales, hospitales
Garrahan y Posadas, empresas públicas, academias nacionales y agentes de
salud).
06/046 de abril de/ la la
Nº
2.5.2.
POLITICAS DE GASTOS
Con
relación a la política de ocupación y
salarios, en las negociaciones colectivas de la Administración Pública
Nacional, según la articulación dispuesta por la Ley Nº 24.185 y el Convenio
Colectivo de Trabajo General (CCTG) homologado por Decreto Nº 66/99, se ha
dispuesto comenzar con la apertura de los niveles inferiores de negociación,
definidos oportunamente bajo la denominación genérica de Convenios Colectivos
Sectoriales.
Las
políticas que se instrumenten para el tratamiento de las convenciones
sectoriales, como así también el llamado a negociaciones de Convenios
Colectivos de Trabajo según la Ley Nº 14.250, estarán orientadas a encuadrar
los proyectos respectivos en el marco de los niveles fijados en el Presupuesto
Nacional, observando los principios de contención del gasto público y, en
correspondencia con los principios de filosofía laboral que surgen de la nueva
legislación vigente. Todo ello estará circunscripto a las normas y los
criterios que surgen del marco presupuestario y de financiamiento, generado por
las políticas dirigidas a obtener la sustentabilidad fiscal.
En ese
sentido, el Estado empleador junto con las entidades gremiales signatarias del
Convenio Colectivo de Trabajo General acordaron un cronograma para los diez
escalafones que restan ser negociados a nivel Sectorial, que culmina con la
última apertura el 20 de octubre de 2005.
En virtud
de dicho cronograma se estima que la temática salarial será de tratamiento con
la apertura de las negociaciones sectoriales, quedando el proceso abierto hasta
concluir con el acuerdo total de los institutos y materias que conforman cada
uno de los convenios sectoriales, y por ende sus respectivos escalafones hasta
su correspondiente homologación.
En los
convenios sectoriales cuyas negociaciones se encuentran en proceso, como es el
caso del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA) y el
Escalafón de los Profesionales de la Salud, se ha instrumentado un acuerdo
salarial por el cual se determinó el blanqueo de las sumas fijas no
remunerativas y no bonificables otorgadas por los Decretos Nº 682/04 y 1993/04,
y fijando nuevos niveles de retribución a partir del 1º de julio de 2005. A los
efectos del cierre de dichas negociaciones, resta tratar las materias
relacionadas con el régimen de carrera y las condiciones de empleo.
Por otra
parte el Poder Ejecutivo ha comenzado a ejecutar la conversión de los contratos
celebrados bajo el régimen del Decreto Nº 1.184/01 cuyos honorarios mensuales
lleguen hasta $ 1.512, en el marco del régimen establecido por el artículo 9º
del Anexo a la Ley 25.164, en todas las jurisdicciones y entidades
descentralizadas comprendidas por dicha Ley dentro de las disponibilidades
presupuestarias respectivas, y del ejercicio de las facultadas de dirección del
Estado empleador. A este efecto, deberán preverse los costos que implique la
consideración de las respectivas cargas de la Seguridad Social.
En tal
sentido, mediante el Decreto Nº 707/05, se ha establecido el régimen de
equiparación remunerativa de los contratos celebrados bajo el régimen del
Decreto Nº 1.184/01 cuyos honorarios mensuales lleguen hasta $1.512, para las
Jurisdicciones y Entidades descentralizadas en las que rige el Sistema Nacional
de la Profesión Administrativa (SINAPA).
Atento los
requerimientos manifestados por las entidades gremiales signatarias del CCTG
respecto de ampliar el alcance de lo establecido por el Decreto Nº 707/05, se
prevé que en una segunda etapa la equiparación remunerativa de los contratos
celebrados bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01 alcance a los honorarios
superiores a $ 1.512 y al resto de los ordenamientos escalafonarios
Asimismo, se deberá concretar un control estricto
del gasto en recursos humanos, a través de medidas restrictivas y estructurales
que permitan cumplir con los objetivos del Estado, dentro de las condiciones
salariales y presupuestarias definidas en la Ley de Presupuesto, entre las que
se pueden mencionar:
-
La
prohibición de aprobar incrementos en la cantidad de cargos y horas de cátedra,
dentro de los totales determinados por las planillas de recursos humanos que
forman parte integrante del proyecto de Ley de Presupuesto.
-
La
atención, dentro de las previsiones para Gastos en Personal de la
Administración Nacional, de los crecimientos de cualquier naturaleza, derivados
de la aplicación de normas escalafonarias vigentes y los mayores costos
derivados de modificaciones orientadas al ordenamiento de la normativa laboral,
como así también aquellos originados en reubicaciones entre el personal
contratado y de éstos a la planta permanente.
-
El control
más eficiente del gasto en personal, a través de acotar la cantidad de
contrataciones, bajo los regímenes de los Decretos Nº 1.184/2001 y Nº
1.421/2002, dentro de las previsiones presupuestarias específicas para esas
contrataciones. Aprobado el Presupuesto General de la Administración Nacional
para el ejercicio, se prevé en la distribución limitar el nivel de normas
jurídicas relacionadas con su ajuste (Decreto o Decisión Administrativa).
-
Ejecución
de acciones para la optimización del empleo público, desde el punto de vista
cualitativo y cuantitativo, tales como la implantación de tecnologías de
gestión de recursos humanos que permitan concretar una reestructuración
integral del capital humano del Estado, dirigida a una administración con
medios eficientes para cumplir eficazmente sus objetivos, comenzando con una
redefinición de un legajo único para el personal permanente, transitorio y
contratado que sirva a una moderna administración de recursos humanos a nivel
local y de oficinas centrales y su establecimiento en todas las Jurisdicciones
y Entidades de la Administración Nacional.
En orden a
la administración de los recursos humanos y a la transparencia del gasto en
personal a través de la captación de datos que permitan visualizar sus
componentes, se prevé la extensión del ámbito de aplicación del Sistema
Integrado de Recursos Humanos – SIRHU –, fijado por el artículo 30 de la Ley N°
25.827, de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio
2004, a los Organismos comprendidos en el inciso d) del artículo 8° de la Ley N°
24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional, como así también al Sistema de Pasantías Educativas (Ley
25.165) y a todo contrato de locación de servicios en el ámbito del mencionado
artículo 8° de la Ley 24.156, cuyo gasto se atienda fuera de los créditos del
inciso 1 – Gastos en Personal.
Con
relación a la política de seguridad
social cabe destacar un conjunto de medidas, tomadas últimamente, que
impactarán plenamente en el Presupuesto Nacional para el año 2006:
-
Jubilación
Anticipada: la Ley N° 25.994, sancionada y promulgada en diciembre de
2004, crea la prestación de Jubilación Anticipada a la que tendrán derecho las
personas que cumplan con los requisitos de edad (60 años los varones y 55 años
las mujeres), servicios (acreditar 30 años de servicios con aportes computables
en uno o más regímenes jubilatorios comprendidos en el régimen de reciprocidad)
y situación de desempleo (acreditar encontrarse en situación de desempleo al 30
del mes de noviembre de 2004).
-
Régimen
Previsional Especial para Docentes: el Decreto N° 137, de
fecha 21 de febrero de 2005, crea un suplemento destinado a abonar a los
docentes la diferencia entre el monto del haber otorgado por la Ley Nº 24.241 y
sus modificatorias y el establecido en la Ley Nº 24.016, con lo cual el monto
de jubilación para docentes es el 82% del último sueldo percibido. Los docentes
en actividad abonarán una alícuota diferencial del 2% por sobre el porcentaje
vigente.
-
Régimen
Previsional Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos: el Decreto
N° 160, del 25 febrero de 2005, crea el suplemento "Régimen Especial para
Investigadores Científicos y Tecnológicos", a fin de abonar a sus
beneficiarios la diferencia entre el monto del haber otorgado en el marco de la
Ley N° 24.241 y sus modificatorias y el porcentaje establecido en el artículo
5° de la Ley N° 22.929 y sus modificatorias, con lo cual el monto de jubilación
para investigadores científicos y tecnológicos es el 82% del último sueldo
percibido. El mismo Decreto establece que los investigadores científicos y
tecnológicos a que se refiere la Ley N° 22.929 y sus modificatorias deberán
aportar, a partir de las remuneraciones que se devenguen por el mes de mayo de
2005, una alícuota diferencial del 2%.
-
Aumento de
la Jubilación Mínima: el Decreto N° 748 del 30 de junio de 2005 eleva a partir
del 1º de julio de 2005, el haber mínimo jubilatorio a $350 del mínimo de $308
vigente antes del Decreto. Esta medida impacta en 2.400.000 jubilaciones y
pensiones nacionales de todo el país, aproximadamente el 70% del total. El
aumento incluye a los beneficiarios de pensiones no contributivas y a Veteranos
de Guerra de Malvinas; en este
último caso, cabe destacar que el monto de las pensiones para los titulares de las
mismas es el equivalente a la suma de tres (3) veces el haber mínimo. El incremento es de carácter remunerativo y tendrá
impacto directo en el cobro del medio aguinaldo a partir del segundo semestre
del presente año. En los casos en los que se cobran dos beneficios mínimos, el
aumento se aplica a ambos. A su vez, se establece a partir del 1º de
setiembre un complemento de asignación mensual que lleva el haber mínimo a $390
beneficiando a 2.522.000 jubilados y pensionados del Sistema Integrados de
Jubilaciones y Pensiones, las ex – Cajas Provinciales transferidas a la Nación,
de las Pensiones No Contributivas y a Veteranos de Guerra de Malvinas.
-
Asignaciones
Familiares: modificación de las escalas y elevación del tope salarial sobre el
que se pagan las asignaciones familiares, que pasa de $ 2.025 a $ 2.600. Esta
medida permite que más de 40.000 trabajadores cobren los beneficios por
asignaciones familiares de los cuales estaban excluidos y para los que ya
estaban incluidos significa una mejora directa por corrimiento de las escalas.
Con
relación a la política de inversión
pública, debe decirse que la inversión bruta fija sigue experimentado una
importante variación positiva, alcanzando progresivamente niveles similares a
los anteriores a la salida de la convertibilidad. Los recursos del Sector
Público Nacional en gastos de capital representaron en el año 2004
aproximadamente el 1,3% del PIB, mientras que la inversión real directa
realizada, es decir aquella inversión ejecutada a través del presupuesto
nacional, significó el 0,3% del PIB. Este último valor es el máximo de los
últimos diez años (1995-2004).
El
retroceso del gasto de capital que tuvo lugar en la última década generó un
deterioro tanto de la infraestructura productiva básica como de la infraestructura
social, provocando un aumento en los costos de producción y de vida de la
población reflejado en la dificultad de la economía argentina para mantener su
tasa de crecimiento de largo plazo.
Asimismo,
en el presente escenario de mayor nivel de actividad económica subsiste la
restricción fiscal, lo cual requiere gestionar la demanda de inversión pública
sobre la base de los siguientes criterios:
a)
Identificar
sectores -y eventualmente proyectos- que resulten particularmente prioritarios,
a los fines de asegurar la sostenibilidad de una senda de crecimiento.
b)
Formular
adecuadamente los proyectos de inversión asegurando su viabilidad técnica,
económica y administrativa.
c)
Generar un
marco de incentivos para mejorar los niveles de ejecución de la inversión
evitando que una mala formulación de los proyectos lleve a su ejecución
deficiente.
Sobre la
base de estas necesidades se han definido criterios de priorización de la
demanda de inversión para el año 2006 considerando un conjunto de variables de
análisis, entre las cuales se destaca especialmente la contribución a las
distintas políticas sectoriales de los proyectos de ampliación a iniciar. Otro
elemento fundamental incorporado en el presente proceso de priorización ha sido
la participación activa de los Organismos de la Administración Nacional.
Con
relación a la metodología utilizada, en primer lugar se buscó dar preeminencia
a los proyectos en ejecución, tanto a los que reponen como a los que amplían el
stock de capital. En segundo lugar, entre los nuevos emprendimientos se
favoreció a los proyectos que reponen el stock de capital. En tercer lugar, se
analizaron los proyectos nuevos que amplían la capacidad productiva a fin de
poder jerarquizarlos.
Este
análisis consideró varios aspectos de cada proyecto. El criterio de la
contribución de los proyectos a ciertas políticas sectoriales vigentes o
previstas tiene como objetivo dar alguna respuesta a las necesidades del
contexto socio económico del país. Las políticas consideradas apuntan en
particular a las contribuciones al crecimiento económico y la capacidad
exportadora, la mejora de la equidad
social, el desarrollo territorial equilibrado y el fortalecimiento de la
gestión del Estado en las áreas de salud, educación y programas sociales.
También
fueron tenidos en cuenta los aspectos cualitativos de cada proyecto y su
contribución al empleo y al desarrollo de actividades de producción
relacionadas, de carácter no transitorio, una vez finalizada la etapa de
inversión. Por último, los proyectos debían tener un grado de elaboración
avanzado a fin de asegurar que los recursos asignados a la inversión fuesen
plenamente utilizados, evitando costosas demoras hasta el comienzo de la
ejecución.
Entre las
inversiones tendientes a dar respuesta al contexto socioeconómico del país,
cabe mencionar la construcción de obras de infraestructura básica, y el
fortalecimiento de las acciones del gobierno nacional en materia de vivienda y
desarrollo urbano tendientes a una gestión urbana y territorial eficiente y
eficaz, así como a la construcción de viviendas con estándares de calidad
adecuados. También debe destacarse la ejecución de los planes, proyectos y
obras iniciados en años anteriores en materia de política hídrica nacional,
priorizando aquellos con mayor impacto sobre la población y destinados al
control y prevención de inundaciones, el desarrollo de sistemas cloacales y el
tendido de redes que garanticen el acceso al agua a las zonas que carecen de
ella, mejorando ostensiblemente los indicadores sanitarios y mejorando la equidad
social.
El
Programa de Obras de Saneamiento en Áreas con Riesgo Sanitario (PROARSA), por
ejemplo, prevé subsidios a Gobiernos provinciales o municipales para el
financiamiento de infraestructura de saneamiento para áreas carenciadas y en
riesgo sanitario. También se asiste técnica y financieramente –a través de
Préstamos para Obras Menores de Saneamiento (PROMES)– a Entes Prestadores de
Servicios Sanitarios y Entes de Regulación y Control de Servicios para la
realización de inversiones en saneamiento básico de pequeña y mediana
envergadura. Con respecto a estos servicios de agua potable y saneamiento
básico, en particular, el objetivo central es lograr la universalidad en la
prestación, llegando al 90% de cobertura en el primer caso y al 75% en el segundo
(Metas de la Cumbre del Milenio) para el año 2015; y reducir las enfermedades
de origen hídrico-sanitario, tales como cólera, diarrea, hepatitis, etc.
Como
ejemplo de una inversión con alto impacto social puede mencionarse el Plan Agua
Más Trabajo, destinado a asegurar tanto la reducción de la vulnerabilidad
sanitaria de grupos de bajos recursos como la inclusión de personas marginadas
al mercado de trabajo. En el marco de este Plan, que apunta a brindar agua
potable de fuente segura por red a la periferia carenciada de las grandes
urbanizaciones a partir de cooperativas de trabajo especializadas en la
ejecución de redes, se prevé para 2006 el abastecimiento a 600.000 usuarios
nuevos y la incorporación al circuito laboral de más de 2.300 ciudadanos desocupados.
En materia
de contribución al crecimiento económico, puede señalarse el mejoramiento de la
infraestructura vial y la reducción de los costos de tránsito y transporte
mediante acuerdos comerciales, política complementaria a las nuevas funciones
asignadas al Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI) por el Decreto Nº
1.915/04 y la Resolución Nº 178/04 del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios. También puede citarse el caso del sector
energético, donde los principales objetivos apuntan a trazar políticas rectoras
tendientes al abastecimiento interno de gas y electricidad y al cumplimiento de
los compromisos asumidos con terceros países, así como a fomentar la
construcción de gasoductos y líneas de transmisión y la explotación de los
recursos del sector. Otro objetivo de relevancia para 2006 es aumentar la
capacidad de transporte de gas de los sistemas existentes mediante obras de
expansión por fideicomisos y la construcción de nuevos gasoductos.
Las
políticas vinculadas a la infraestructura para educación, por su parte, son
indicativas del fortalecimiento de la gestión del Estado en las áreas sociales
clave. Para el mediano plazo se prevén, entre otras, obras de rehabilitación
menores y adecuación de edificios para la localización de aulas de informática
(Programa Integral para la Igualdad Educativa); la provisión de condiciones
básicas para el uso de las tecnologías de información y comunicación a
establecimientos de nivel medio y Centros de Actualización e Investigación
Educativa (Programa de Mejoramiento del Sistema Educativo - PROMSE); el
financiamiento de obras mayores y menores para la sustitución de escuelas de
alta precariedad, la ampliación de aulas y la refuncionalización de edificios y
obras de rehabilitación menores; la atención a través de Fondos Rotatorios de
situaciones imprevistas originadas en fenómenos naturales que afecten a los
establecimientos; la provisión de servicios básicos (agua potable, energía
eléctrica, gas y calefacción) a las escuelas que carezcan de los mismos; el
abastecimiento y/o reposición de equipamiento escolar adecuado y suficiente
para cubrir los requerimientos de las provincias, incluido el equipamiento
informático; y transferencias para la construcción de la infraestructura necesaria
a los microemprendimientos educativos.
Finalmente,
debe destacarse que la nueva modalidad de priorización de la demanda de
inversión para el período 2006-2008 implicó un mayor compromiso con la
información contenida en el BAPIN (Banco de Proyectos de Inversión), con el
objeto de alcanzar una correcta jerarquización de los proyectos.
2.6 COORDINACION
FISCAL CON LAS PROVINCIAS
El
consolidado del sector público provincial verifica en el ejercicio 2004 y en la
estimación realizada para el año 2005, resultados financieros superavitarios afianzando la buena performance observada en 2003.
En el año
2004, ya concluidos el Programa de Unificación Monetaria, por el cual se
rescataron los bonos cuasimonedas en circulación, y la reprogramación de la
deuda tanto provincial como municipal, se consolidó un contexto favorable para
el desarrollo de políticas fiscales y financieras tendientes a ordenar, sanear
y transparentar las cuentas públicas.
Dichos
objetivos fueron materializados desde el Gobierno Nacional básicamente a través
de dos instrumentos: la continuidad del Programa de Financiamiento Ordenado y
la aprobación de un cuerpo de medidas tendientes
a establecer reglas generales de comportamiento fiscal y obtener una mayor
transparencia en la gestión pública.
Una
evaluación de los resultados en términos de las metas comprometidas en el Programa de Financiamiento Ordenado, que tuvo
como objetivo contribuir al saneamiento fiscal y brindar asistencia financiera
de emergencia a las provincias mediante préstamos del Gobierno Nacional, muestra desde 2002, año en que se pone en marcha,
hasta el 2004, un comportamiento positivo. En 2004, la meta fiscal consolidada
de las dieciocho provincias firmantes registró un cambio cualitativo respecto
de los programas anteriores, dado que entre los compromisos asumidos, el de
ejecutar un superávit fue cumplido, alcanzando la ejecución un resultado
financiero positivo de $ 3.635 millones.
Impulsado
por estos resultados, en un contexto favorable de permanente crecimiento del nivel
de actividad económica y de la recaudación impositiva nacional y provincial, el
consolidado de las 24 jurisdicciones provinciales arrojó un superávit primario
del 1,3% del PIB, que en términos nominales equivale a $ 5.843 millones.
Las nuevas condiciones alcanzadas por las finanzas
provinciales resultaron propicias para que a mediados del año 2004 el Gobierno
Nacional elevara al Congreso de la Nación un proyecto con medidas de
responsabilidad fiscal, que fue convertido en Ley Nº 25.917, creándose el primer
Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal. En diciembre de 2004 el Poder Ejecutivo Nacional
mediante Decreto N° 1.731 reglamentó dicha Ley con vigencia a partir del 1 de
enero de 2005.
El objetivo del mencionado Régimen es la
consolidación del marco de ordenamiento fiscal y financiero, en el cual deberán
desenvolverse la totalidad de las relaciones intergubernamentales,
homogeneizando las reglas de juego para todos y cada uno de los partícipes,
introduciendo pautas macrofiscales que provean sustentabilidad y previsibilidad
a la política fiscal y orientando al gasto de modo que contribuya al
crecimiento económico, priorizando, en este contexto, las acciones de inversión
pública destinadas a reducir los déficit en materia de infraestructura básica
social y con ello el mejoramiento de las condiciones de vida de la población.
Asimismo, con dicha norma legal se posibilitará el
consenso de las políticas fiscales que permitan disminuir paulatinamente el nivel de endeudamiento, así como
la promoción de la transparencia y de una mejor gestión de los recursos
financieros y reales del sector público.
Estos
últimos dos aspectos, están siendo apoyados por el Gobierno Nacional con
acciones destinadas a lograr la implementación de sistemas integrados de
información fiscal y financiera en cada una de las jurisdicciones provinciales
que así lo requieren con asistencia financiera, en calidad de préstamos, del
Banco Interamericano de Desarrollo.
La
adhesión de las provincias a la Ley N° 25.917 es relevante ya que, finalizado
el primer semestre de 2005, alcanzó a diecinueve jurisdicciones (Buenos Aires,
Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La
Rioja, Mendoza, Misiones, Río Negro, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago
del Estero, Tucumán y Ciudad Autónoma de Buenos Aires) cuyos gastos representan
casi el 90% del total de egresos del consolidado provincial del año 2004.
En las
provincias adheridas, sus normativas pusieron en marcha una modalidad de
implementación peculiar del Régimen en el ámbito Municipal. Ello le da una
amplitud de matices de manera tal que en algunas provincias éstos quedan
obligados al cumplimiento del mismo, en tanto que en otras se hace una
invitación de adhesión voluntaria, existiendo casos en donde se crea un Consejo
Provincial de Coordinación Presupuestaria y Fiscal.
Dando
continuidad a la política de asistencia del Gobierno Nacional a las
jurisdicciones provinciales, el artículo 26 de la Ley N° 25.917 autoriza la
implementación de programas de financiamiento para atender exclusivamente los
vencimientos de capital de deuda, con aquellas provincias que presenten
dificultades financieras, dejando de lado los demás aspectos contemplados en
los programas anteriores (déficit de caja, atrasos). Finalizando el mes de
junio de 2005, once de ellas han suscripto Convenios Bilaterales en el marco de
este Programa.
En cuanto
al objetivo de disminuir paulatinamente el nivel de endeudamiento, el Capítulo
V de la Ley N° 25.917 establece la necesidad de adecuar el perfil de la deuda,
tomando las jurisdicciones las medidas necesarias para que sus servicios de la
deuda no superen el 15% de los recursos corrientes netos de coparticipación a
municipios (indicador de endeudamiento). Adicionalmente, se establece que cada
gobierno subnacional, para acceder a operaciones de endeudamiento y otorgar
garantías y avales, deberá remitir la documentación y antecedentes al
Ministerio de Economía y Producción de la Nación, el que deberá efectuar un
análisis a fin de autorizar tales operaciones.
El
Gobierno Nacional, asimismo, para contribuir a que las provincias puedan
alcanzar una menor carga financiera derivada del endeudamiento, ha resuelto
asistir técnicamente a aquellas jurisdicciones que han iniciado procesos de
reestructuración de deudas con las entidades financieras con el objetivo de
colaborar en las acciones encaradas para mejorar el perfil de los vencimientos
de intereses y amortizaciones en los próximos ejercicios fiscales.
Otro de
los aspectos centrales del Régimen es el hecho de que la Autoridad de
Aplicación, el Consejo Federal de
Responsabilidad Fiscal, está integrado tanto por la Nación como por las
provincias que adhieran al mismo, asegurando el consenso, la acción articulada
y la coordinación entre los distintos niveles de gobierno y el fortalecimiento
del desarrollo del federalismo.
En el
transcurso del año 2005 se fue avanzado en los distintos aspectos organizativos
y funcionales que hacen a la implementación integral de Ley N° 25.917, como es
el funcionamiento pleno del Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal y su
Comité Ejecutivo.
En este
proceso, el Consejo Federal ya ha definido su Reglamento Interno, ha elegido
sus autoridades y las del Comité Ejecutivo, y ha comenzado a desarrollar
distintas actividades para dar cumplimiento a los postulados de la Ley.
Como parte
del mismo proceso de institucionalización y en el marco de las actividades que
le encomendara la Ley, el Foro Permanente de Direcciones de Presupuesto y
Finanzas de la República Argentina presentó los conversores de los
clasificadores presupuestarios de las provincias adheridas, de modo de generar
información periódica en un formato homogéneo y, adicionalmente, los
indicadores fiscales que permitan hacer comparaciones interprovinciales de la
gestión pública.
La Ley N° 25.917 también ha previsto, con una
visión abarcadora de los aspectos centrales que inciden en la situación fiscal
y financiera del sector público en su conjunto, un capítulo para abordar la
resolución de deudas y acreencias pendientes. En dicho marco, y considerando
los artículos 16 y 17 de la Ley N° 25.967 de Presupuesto Nacional para el año
2005, el Gobierno Nacional tiene por delante la compleja tarea de instrumentar
un régimen de compensación de deudas entre las jurisdicciones participantes del
Régimen, de manera tal que se logre un saneamiento definitivo de la situación
financiera entre ambos niveles de gobierno.
Estas acciones son una continuidad de las que
fueron oportunamente puestas en marcha con anterioridad a la vigencia de la Ley
N° 25.917, con el objeto de resolver situaciones específicas, tales como la
compensación de las deudas recíprocas entre el Gobierno Nacional y las
jurisdicciones provinciales correspondientes a la emisión de las Letras de
Cancelación de Obligaciones Provinciales (LECOP) con respecto a los Derechos
Creditorios que las Provincias detentaban por la Segunda Addenda al Compromiso
Federal de 1999, así como los saldos de recaudación de tributos nacionales en
títulos de deuda y Certificados de Crédito Fiscal (CCF) respecto de los
Servicios de Organismos Internacionales de Crédito que el Gobierno Nacional
canceló durante los años 2002 y 2003.
Bajo el
escenario citado y como resultado de estos esfuerzos se estima alcanzar una
normalización plena de la situación del endeudamiento provincial y la
consolidación del saldo positivo del superávit primario.